Según lo establecido en el artículo 23152(f) VC, se constituye como un delito conducir mientras se está bajo influencia de las drogas. De acuerdo a lo establecido en las leyes de California, cualquier otra sustancia que altere el sistema nervioso, los músculos o el cerebro, además del alcohol es considerada una droga.
Es necesario recordar que conducir bajo influencia, ya sea, de alguna droga ilícita, medicamentos cuya venta es libre o medicamentos con recetas, que alteren la capacidad para conducir o de mantener el control sobre el vehículo, es motivo suficiente para que la persona sea acusada por la comisión del delito. La penalización correspondiente por la ejecución del mismo, dependerá de si este es considerado como un delito menor o grave, y acarrea sanciones que pueden ir desde el pago de multas, cumplir un tiempo en prisión, la libertad condicional, e incluso que sea suspendida la licencia de conducir.
¿Cómo contactar a un abogado de DUID en Vista, CA?
Si se encuentra inmerso en un proceso penal por la ejecución de un delito de conducción bajo la influencia de alguna droga, no dude en contactarse con el bufete Vista Criminal Attorney Law Firm, donde conseguirá a los mejores abogados de defensa criminal, quienes podrán brindarle la mejor asesoría y construirán las estrategias de defensa más apropiadas, tome en consideración que una buena asistencia legal puede ser la diferencia entre una sentencia beneficiosa o desfavorable.
¿En qué consiste el delito de DUID?
El delito de DUID que por sus siglas en inglés se traduce en “conducir bajo los efectos de las drogas”, se encuentra señalado en el artículo 23152(f) VC y se constituye cuando un individuo, en razón de haber consumido alguna clase de sustancia diferente al alcohol, también conocida como “droga”, ve disminuida su capacidad de conducir de manera prudente.
Sin embargo, para comprender mejor esta definición se hace necesario aclarar ciertos términos. En primer lugar, al referirse a “droga” se señala a cualquier tipo de sustancia, la cual al ser consumida por un individuo ocasiona al organismo cualquier tipo de afección a su sistema nervioso, muscular o en el cerebro, lo que genera que la persona no esté en capacidad de conducir de forma adecuada. Se debe resaltar, que con la palabra “droga” se hace referencia a cualquier fármaco, sea recetado de manera legal por un médico con licencia para ello, o cualquier tipo de sustancia ilícita que cumpla con las características de lo que es considerado como una droga según lo establecido en la ley.
Con respecto, al término “conducir” se hace referencia al poder controlar voluntaria y deliberadamente un automóvil, para que se pueda movilizar de un lugar a otro. Por lo que, si la distancia es corta, y un individuo maneja su vehículo bajo la influencia de alguna sustancia, se le podrá acusar de cometer este delito, pero en caso de que el sujeto se mantenga dentro del automóvil sin movilizarse, no se estará configurando el hecho ilícito.
Es importante acotar, que este delito no tiene ningún límite definido legalmente para determinar qué cantidad de droga debe tener un individuo en su sistema para que se considere consumado este acto ilícito, ya que, en términos médicos los especialistas no han logrado establecer con certeza cuál es la cantidad de sustancia que debe estar en la sangre de un sujeto para estimar que es incapaz de conducir. Por otro lado, sin importar la dosis de estas sustancias que presente en su torrente sanguíneo un individuo, si los efectos que las drogas le generan no influyen en la capacidad del sujeto para conducir, sea porque es tolerante a ella, o por cualquier otra circunstancia entonces no será culpable de este delito.
¿Qué evaluaciones se le realizan a una persona para determinar que se encontraba manejando bajo influencia de alguna droga?
Es importante reconocer que estar bajo la influencia de drogas, altera la capacidad para conducir de cualquier individuo, por lo cual el nivel de precaución y el control sobre el vehículo se ve cuestionado. Actualmente no existe una prueba o evaluación que arroje un resultado certero sobre el nivel de capacidad que pueda o no tener un conductor en relación con la prudencia o debida precaución al haber consumido alguna sustancia que sea calificada como droga.
Lo anterior representa un problema a la hora de probar los hechos, puesto que, lo importante al incurrir en este delito, es que se demuestre que el acusado no contaba con la prudencia y/o la capacidad necesaria para mantener el control sobre el vehículo al momento de conducir. Es por ello que, la prueba que normalmente es empleada para estos casos, es la observación cuidadosa del agente de la ley que haya realizado el arresto. Con observación cuidadosa se hace referencia a que el agente debe estar atento a ciertas condiciones que sirven como indicadores para determinar si el conductor está bajo influencia o ha hecho uso de las drogas. Dicha observación debe ser reflejada en un informe, con la finalidad de guardar información sobre el hecho, por ejemplo, que el individuo actuaba de manera extraña, que tenía los ojos llorosos o enrojecidos, así como cualquier otro indicio o señal que haya servido para presumir que el acusado no contaba con la capacidad exigida para conducir.
Algunos de los parámetros considerados como señales de que se está incurriendo en el delito son:
- Sudoración excesiva.
- Falta de equilibrio.
- Dificultad para expresarse o comunicarse.
- Enrojecimiento ocular
- Respuestas incoherentes
Cabe destacar que en estos casos y con el propósito de que la evaluación del acusado sea lo más exacta posible en relación con la capacidad que este debe poseer para conducir, el oficial de la policía podrá apoyarse en un “DRE”, es decir, un experto en reconocimiento de drogas, quien es un agente de la ley que cuenta con el entrenamiento especial para realizar las siguientes evaluaciones:
- Revisar puntos de inyección.
- Examinar los ojos.
- Examinar el
- Realizar una evaluación de tonificación muscular.
Otras de las pruebas que puede llevar a cabo un “DRE”, son repetir las pruebas de sobriedad de campo, solicitar pruebas de sangre u orina al acusado y realizar un interrogatorio.
¿Qué ocurre en caso de que una persona se niegue a realizarse la prueba por ser sospechoso de conducir bajo los efectos de las drogas?
El hecho de que una persona crea tener plena potestad sobre su cuerpo en una circunstancia de este tipo, es una concepción errada. Lo cierto es que cualquier persona puede ser sometida a una prueba sin tener que dar su consentimiento para ello, esto puede ocurrir en casos donde el individuo se encuentre en un estado de inconsciencia o grave a causa de un percance que presuntamente se ocasionó por conducir bajo los efectos de alguna sustancia. En esta situación, un agente de la ley le podrá pedir al juez que emita una orden para que los médicos puedan tomarle una muestra sanguínea y se realice el debido análisis.
Sin embargo, en el caso de que un individuo sea detenido en su vehículo porque un agente de la ley sospeche que se encuentra bajo los efectos de una droga, y se niegue a realizarse la prueba, esta acción le puede generar efectos negativos, como imponer sanciones más severas.
Consentimiento implícito
Este término, según la normativa de California, hace referencia a que desde el momento que la persona obtiene su licencia de conducir, da el permiso para que sea sometido a pruebas químicas en caso de ser considerado sospechoso de cometer el delito de DUID. De manera que, en caso de negarse el individuo a realizarse esta prueba le generará consecuencias judiciales severas como citaciones, multas o la pérdida de su licencia si la situación se vuelve grave. Es por ello, que rehusarse a que se le realice la prueba no significa que la acusación no será probada, ya que la conducta se tomará como culpabilidad.
¿Qué tipo de sustancias son las que comúnmente ocasionan cargos por DUID en el Estado de California?
Usualmente, las sustancias por las que una persona puede llegar a enfrentar una acusación por este hecho ilícito son:
- Aunque esta sea usada como uso medicinal, y sea adquirida de manera legal esto no es relevante, sino los efectos que pudo haberle causado a la persona en su capacidad de conducir su vehículo.
- Cualquier opiáceo, que haya sido correctamente recetado, estos con frecuencia son usados para calmar el dolor.
- Cocaína, metanfetamina, así como cualquier clase de droga que sea ilícita.
Sin embargo, esto no se limita solo a las sustancias que se mencionaron con anterioridad, sino que hace referencia a cualquier clase de sustancia que por sí sola o combinada con otra causa efectos sobre los músculos, el cerebro, o el sistema nervioso de la persona que las consume, y con ello se vea deteriorada su capacidad de conducir su vehículo.
¿Qué pruebas debe presentar el fiscal para demostrar la culpabilidad de la persona por DUID?
Con la finalidad de conseguir una sentencia condenatoria, el fiscal debe comprobar la existencia de los elementos que se señalan a continuación:
- Que una persona consumió una o varias sustancias, para ello le realizan una prueba que determina la presencia de la sustancia en la sangre.
- Que bajo los efectos de la droga la persona estaba conduciendo su vehículo, y esto se prueba con videos, testimonios, el informe emitido por la policía, entre otros.
- Que estos efectos deterioraron la capacidad de coordinación al conducir, es decir que la persona no tenía la plena capacidad de manejar su vehículo con prudencia, lo que probablemente si realizaría un sujeto que no se encuentra bajo los efectos de ninguna sustancia.
Es importante aclarar que la capacidad de conducir bajo los efectos de las drogas es un cuestionamiento subjetivo que puede ser difícil probar, ya que los elementos que se tienen, son debilitados por un abogado especialista en este tipo de casos, o son pocos.
¿Qué debe hacer una persona en caso de ser detenida por sospechas de estar conduciendo bajo los efectos de las drogas?
En caso de que una persona sea detenida por la policía porque sospechan que está conduciendo bajo los efectos de las drogas debe considerar realizar las siguientes acciones:
- Debe comportarse de forma adecuada y colaborar con las autoridades: Todo ello sin permitir ningún tipo de abuso por parte de la autoridad, pero sí debe evitar obstruir en la investigación, ya que esto le puede ocasionar complicaciones al caso. Así mismo, debe colaborar en la realización de cualquier prueba que le pidan por qué negarse igualmente complica la situación.
- No omita ninguna información: En muchas ocasiones la persona emite opiniones sin conocer su contexto legal, y esto le puede perjudicar con posterioridad ante el Tribunal.
- Observar el proceso con detenimiento: La persona debe tener en cuenta, las razones por las que fue detenida, que le dijo el agente de la ley, como se le realiza la prueba, si le leyeron sus derechos, si hay cámaras de seguridad en el sitio, o cualquier detalle por pequeño que parezca, puesto que, todo ello servirá al abogado al momento de elaborar la respectiva defensa.
- Contacte un abogado: Es importante que cuente con la asesoría de un abogado que actúe desde el comienzo del proceso, a fin de evitar que la detención termine en una acusación por este delito.
¿Qué sanciones se imponen por la comisión de este delito?
Las sanciones dependerán de si el DUID es calificado como delito mayor o menor, según las circunstancias del caso: si se trata de una droga ilícita o un fármaco que es comúnmente usado, si se hallaba en el automóvil acompañado de un individuo menor de edad, si generó un accidente automovilístico, o cualquier circunstancia que pueda darse.
Normalmente, el DUID se califica como delito menor y se le sancionará con:
- Libertad condicional por un tiempo de 3 a 5 años.
- Prisión por un tiempo de 4 meses hasta 1 año, y/o
- Pago de multas por $390 a $1.000
Además, se podrán imponer diversas penas accesorias, como acudir a clases de educación antidrogas de manera obligatoria, y que la licencia para conducir sea suspendida por un determinado periodo.
Sin embargo, si es calificado como un delito mayor, se le impondrán las siguientes sanciones:
- Prisión por un periodo de 16 meses a 4 años.
- Suspensión de la licencia para conducir por un tiempo máximo de 1 año, y/o
- Pago de multas por un valor de $1.000 a $5.000.
¿Qué otras consecuencias legales conllevan sufrir una condena por conducir bajo efectos de alguna droga?
Una condena por conducir bajo los efectos de las drogas (DUID), se ve reflejada en los antecedentes penales de la persona que haya sufrido la sentencia, lo cual trae consigo consecuencias en el ámbito personal y profesional del individuo, como dificultades al momento de aplicar para algún trabajo o ascenso, incluso al pretender alquilar una vivienda, puesto que al buscar referencias sobre la persona, esto puede reducir sus posibilidades de forma significativa, sobre todo cuando el trabajo en cuestión requiere que la persona conduzca un vehículo. También existe la posibilidad de que al condenado se le suspenda su licencia por un periodo de tiempo, imposibilitando que realice funciones que la requieran.
De igual forma, al contar con antecedentes penales por la comisión del delito, podrá tener dificultades con las aseguradoras, puesto que, disminuyen las posibilidades de obtener una póliza y en caso de ser admitida, con frecuencia la prima resulta ser más costosa.
Así mismo, al ser condenado por DUID, el sujeto podría enfrentarse a efectos negativos durante un juicio o proceso de divorcio donde se vea involucrada la custodia o tutela de los menores, ya que es considerado como una negligencia, conducir mientras se está bajo influencia de alguna droga, puesto que se estaría poniendo en peligro a los sujetos menores de edad.
¿Cuáles estrategias de defensa son usadas en caso de un delito por DUID?
Es primordial, que en caso de que una persona sea acusada por este delito contacte a un abogado especializado en el área, quien elaborará estrategias de defensa adecuadas al caso, ya sea para que se le reduzcan los cargos o que puedan ser desestimados.
Normalmente, el procedimiento se fundamenta en el informe redactado cuando el oficial de la policía detiene a la persona, y en razón de esto las estrategias empleadas se fundamentan en disminuir su importancia, ya sea porque el informe señala que el sujeto tenía enrojecidos los ojos, y el abogado defensor alega que esto no era debido a estar bajo los efectos de alguna droga, sino que por lo contrario su defendido estaba sufriendo de una gripe o alergia.
Así mismo, desde el momento que sucede la detención hasta el día que se lleve a cabo la audiencia, transcurrió mucho tiempo, por lo que al presentar declaración el agente policial no recuerda los hechos del caso de manera concreta, ya que desde esa ocasión ha realizado muchas detenciones, en este caso el abogado podrá disminuir la prueba del informe en contra de su defendido.
Sin embargo, entre las estrategias más usadas en estos tipos de casos se pueden señalar:
- El vehículo no estaba en movimiento: Este delito se tendrá por consumado cuando un individuo conduce su vehículo bajo los efectos de las drogas y lo está movilizando de un lugar a otro. Pero, si el automóvil no se encuentra en movimiento no se podrá acusar al conductor por este delito, tampoco se podrá acusar en caso de que la persona condujera hasta un determinado sitio, detuviera el automóvil y posteriormente consumiera la sustancia, sin volver a manejar.
- Los resultados de las pruebas químicas fueron inexactos: Este tipo de pruebas realizadas por los agentes policiales en muchos casos no son confiables, y pueden conllevar a resultados incorrectos, sea a raíz de algún elemento externo que influyó al momento de tomar la muestra, o cualquiera de las siguientes causas:
- La muestra se tomó de la forma incorrecta.
- El equipo usado estaba contaminado.
- El manejo y almacenamiento de dicha muestra no fue el correcto.
De igual forma, se pueden dar otros elementos que modifican los resultados de las pruebas, lo que sirve como fundamento para las defensas de este tipo.
- Intoxicación involuntaria: En este tipo de delitos no es una exigencia que la persona de forma deliberada tenga la intención de conducir bajo los efectos de las drogas, exponiéndose así misma a un riesgo, o a cualquier otra persona. Pero, existen casos donde se puede dar que un individuo sufra de forma involuntaria una intoxicación, ya sea porque otro sujeto colocó una sustancia en la bebida del conductor y lo tomó sin tener conocimiento que la bebida tenía algún tipo de droga. Si esta situación se presenta, el acusado no podrá ser declarado culpable por la comisión del delito.
¿Cómo puedo contactar a un abogado especializado en delitos de DUID?
En caso de que usted se encuentre enfrentando cargos por la comisión de un delito por conducir mientras estaba bajo los efectos de alguna droga (DUID) en Vista, CA, no dude en buscar la asesoría legal necesaria para estas situaciones. Recuerde que contar con la experiencia y el conocimiento de un buen abogado defensor puede incrementar de forma significativa las posibilidades de que el caso sea desestimado o de que los cargos sean reducidos.
Ser condenado por la ejecución de este delito lo puede llevar a sufrir sanciones que serán impuestas según sean las características del hecho, el delito puede ser considerado como mayor o menor, por lo que, podría verse obligado a pasar un tiempo en prisión, a pagar multas o incluso su licencia puede ser suspendida. De igual forma, le puede traer consecuencias negativas a nivel personal o profesional al incluirse en sus antecedentes penales. Por ello comuníquese con el bufete Vista Criminal Attorney Law Firm, donde uno de nuestros abogados podrá darles respuesta a todas sus dudas e inquietudes, y le brindará la mejor asesoría para su caso, puede llamarnos a través del siguiente número telefónico 760-691-1551, y se le atenderá lo antes posible.