¿Sabía usted que puede consumar un delito, sin necesidad de utilizar la violencia o de generar algún tipo de daño a la integridad física de otra persona?
Con frecuencia las personas consideran que para que se configure un hecho punible deben darse ciertas características, tales como un ataque de violencia física realizado por un sujeto hacia otro el cual genere consecuencias negativas al mismo y que a su vez desencadene una serie de situaciones tales como, la existencia de personas que presenciaron el hecho. Pero esto no siempre es así, de hecho es un error pensar que para que se de la comisión de un acto criminal debe haber escenas de violencia puesto que en la actualidad se cometen innumerable cantidad de actos ilícitos, los cuales son ejecutados sin llegar a ocasionar ningún tipo de daño visible o que pueda ser detectado inmediatamente.
Dentro de los actos ilícitos mencionados anteriormente se encuentran los denominados delitos de cuello blanco, estos normalmente se asocian a negociantes y se caracterizan esencialmente por ser ejecutados a través de engaños y abusando de la buena fe que una persona depositó en otra, mayormente son llevados a cabo por sujetos que gozan de reconocimiento social positivo y cuyo estatus económico no hace siquiera posible imaginar la realización del mismo. Sin embargo, esta situación puede producirse también en un contexto que no implique un amplio alcance económico el cual afecte a industrias o entidades financieras pequeñas.
Anteriormente se utilizaba el término “delitos de cuello blanco” únicamente para referirse a personas que gozaban de un alto estatus social y económico, que habían utilizado el fraude o el engaño para apoderarse de beneficios económicos o financieros que pertenecían a otro individuo, pero actualmente se ha demostrado que este tipo de actos criminales se ejecutan en cualquier entorno y por lo tanto se desarrollan en cualquier nivel y grupo social. En este sentido, pueden afectar a pequeñas o medianas empresas así como a aquellas que gozan de gran prestigio. Es importante mencionar que este tipo de actos es castigado rigurosamente por la Ley dado que a pesar de que en la comisión de los mismos no se genera ningún tipo de violencia o daño físico hacia la víctima, una estafa o engaño de esta magnitud puede llegar a producir la destrucción total o parcial de una empresa y por ende ocasionar pérdida de bienes económicos de algún individuo.
En caso de que se encuentre involucrado en una situación la cual le haga considerar que puede ser incriminado por la comisión de este tipo de delitos, la mejor ayuda puede encontrarla en Vista Criminal Attorney Law Firm, ubicado en Vista, CA. Este equipo legal está compuesto por un grupo de expertos especializados en la materia, capacitados para ofrecer la mejor y más amplia asesoría jurídica para cada caso en particular.
¿Qué es un delito de cuello blanco?
Es aquel que se realiza de manera no violenta con la utilización de mentiras y falsedad, aprovechándose de la buena fe de otra persona, cuyo objetivo principal es la obtención de un beneficio de carácter financiero.
Este tipo de crímenes se caracteriza primordialmente por la sutileza con la cual son ejecutados, en estos la persona que comete el hecho punible tiene fácil acceso a la información y control económico de la entidad, lo cual facilita la desviación de los medios financieros pertenecientes a esta. El incriminado hace uso de la buena fe depositada en él por parte del propietario o dueño de algún bien o medio económico para apoderarse del mismo y arrebatárselos sin necesidad de utilizar ningún tipo de violencia o agresión física.
Es necesario mencionar que la mayoría de los hechos ilícitos de cuello blanco son “wobblers” y pueden ser considerados como felonías o delitos menores. Dependiendo de esto se atribuyen las sanciones, las cuales deben ser determinadas por las autoridades competentes según sea el caso pero siempre conforme a los topes establecidos por ley.
En caso de que el mismo sujeto lleve a cabo un delito de esta categoría en varios Estados pertenecientes al país o en contra de alguna empresa pública, el caso será procesado de acuerdo con lo dispuesto por la ley federal.
En resumidas cuentas, son actos no violentos en los que se emplea la manipulación y la falsedad para obtener un beneficio financiero.
¿Cómo se originó el término “delitos de cuello blanco”?
Se estima que dicho término se comenzó a utilizar en el año 1930, y hace referencia a hechos ilícitos consumados por personas de alta alcurnia que gozaban de gran prestigio y reconocimiento ante la sociedad, bien fuese por los cargos en los cuales se desarrollaban, por las actividades que desempeñaban o por el nivel económico que poseían, lo cual hacía muy difícil pensar que era posible que cometieran un delito o acto criminal que tuviera por objeto conseguir un beneficio de carácter financiero a través de el apoderamiento de bienes, objetos o sumas de dinero pertenecientes a otras personas. Lo anterior se debe a que en esa época se consideraba que los delitos eran cometidos en su mayoría por personas de clase baja.
Cuando se utiliza este término se hace referencia exactamente a delitos en los cuales no interviene la violencia, no hay escenas de agresión física, sangre o algún tipo acción que genera lesiones corporales a otra persona, inclusive no hay amenazas o algún tipo coacción que de origen a dicho acto criminal. Simplemente se hace necesario valerse de fraudes, plagios, engaños, abuso de confianza o buena fe y de los conocimientos que se tiene sobre los bienes económicos y los controles pertenecientes a una empresa particular o perteneciente al Estado para apropiarse de los mismos.
Anteriormente este tema era altamente censurado y no había casi información sobre este tipo de delitos, sin embargo en la actualidad hay una amplia legislación sobre la materia así como una amplia gama de sanciones y condenas aplicables a cada caso en particular.
En este tipo de delitos siempre se va a requerir principalmente la intención de cometer el delito, la relación de confianza entre la víctima y el victimario y que el objetivo sea el apoderamiento de bienes o medios económicos.
¿Cuáles son los delitos de cuello blanco más comunes en la actualidad?
Cabe destacar que los crímenes de cuello blanco están compuestos por una amplia categoría de delitos, los cuales cuentan con características y naturaleza propia, cuya relación se basa en el hecho de que generalmente son llevados a cabo a través de engaños y tienen por objeto el alcance de un beneficio económico o financiero.
A continuación se detalla cuáles son los delitos que forman parte de esta categoría en los cuales las personas actualmente incurren con mayor frecuencia:
- El soborno
- El lavado de dinero
- El fraude
- La malversación
- La falsificación
Soborno
Se refiere al acto mediante el cual una persona ofrece a otra algún tipo de recompensa, remuneración económica o favor a cambio de algo. Cabe destacar que en estos delitos ambas partes pueden ser sancionadas, tanto quien realiza el soborno, como quien lo recibe.
Este ilícito es calificado generalmente como felonía lo cual acarrea que el mismo sea sancionado con privación de libertad de dos a cuatro años, e inclusive con la imposibilidad de trabajar en cargos públicos, esto según lo establecido en el ordenamiento legal vigente con respecto a la materia.
Por otra parte es necesario indicar que los alegatos más utilizados cuando se enfrentan cargos por la comisión de este tipo de delitos son: falta de intención por parte del acusado de realizar los hechos, falta de evidencias, errores de hecho, entre otros. Dichos alegatos serán formulados por el defensor quien será el encargado de idear la estrategia de defensa que mejor se adapte a cada caso en particular una vez estudiadas las circunstancias que dieron origen a la acusación que incrimina a otra persona por la ejecución del delito de soborno.
Lavado de dinero
Consiste en obtener dinero en efectivo de actividades ilícitas y hacer que parezca que fue producto de ganancias de actividades comerciales legales, esto implica canalizar el dinero hacia negocios legítimos con el objeto de que se mezcle con los ingresos genuinos del negocio y de esta manera el mismo no sea identificable como proveniente originalmente de la comisión de un delito. Dicho dinero se considera sucio por el tipo de actividad criminal de la cual nace, y a través de un proceso se lava para que aparente ser limpio o legal.
Según la legislación dicho acto puede ser considerado como felonía o delito menor, lo cual depende de las condiciones que dieron lugar al mismo. Si el mismo es catalogado como un delito menor se puede ordenar una sentencia de privación de libertad hasta de un año y la condena al pago de una suma de hasta de 1000 dólares , o cualquiera de ambas.
Pero si el acto es reconocido como una felonía, la pena aplicable podría ser privación de libertad hasta por 3 años y la cancelación de una suma de dinero de hasta 250.000 dólares, o el doble de la cantidad del dinero que fue producto de la operación de lavado (para la determinación del monto a pagar se debe tomar en cuenta cuál de los dos resulta más alto). Sin embargo pueden aplicarse sanciones más estrictas según sea el caso, lo que será determinado por la autoridad competente de acuerdo a lo establecido en las leyes que regulan la materia.
Para que se configure la comisión de este delito es necesario probar la intención del acusado de realizar el lavado de dinero, cabe destacar que generalmente el dinero que da origen a este tipo de delitos proviene del tráfico de drogas o la explotación sexual. Lo que se hace es aparentar que el dinero realmente se produce en razón de un negocio lícito cuando no es así.
Fraude
Este ilícito se caracteriza por la utilización del engaño por parte del perpetrador para obtener algún beneficio de carácter financiero de otro individuo.
En caso de la comisión de este delito puede aplicarse la sanción de privación de libertad así como el pago de altas sumas de dinero, todo esto de conformidad con las características del acto en sí, lo cual será establecido por la autoridad competente para cada caso.
De lo anterior se desprende la necesidad de aclarar que para que se logre probar la comisión de alguno de estos delitos es necesario que la fiscalía demuestre la intención por parte del presunto perpetrador de cometer dicho engaño, fraude o manipulación con el objeto de obtener un beneficio de naturaleza económico, valiéndose de la buena fe que la víctima le proporcionó con respecto al conocimiento y manejo de sus recursos financieros.
Malversación
Es el acto mediante el cual un sujeto se apropia de dinero que le ha sido depositado en confianza para un fin establecido, el cual pertenece a otra persona. Es decir, una persona se apropia a través de engaños de dinero o bienes económicos que habían sido puestos a su disposición para otro fin. Según el Código Penal de California es la apropiación fraudulenta de dinero por una persona a quien se la ha confiado, esto abarca sumas dinero pequeñas y propiedades de bajo valor.
Algunos ejemplos aplicables a este caso son: un empleado que retire unos dólares de una caja de efectivo perteneciente a la entidad en la cual labora o un trabajador que realiza un plan para transferir millones de dólares desde la cuenta de la empresa hacia sus cuentas personales, utilizando mentiras y engaños.
Para demostrar la culpabilidad del presunto perpetrador el fiscal debe probar los siguientes supuestos de hecho:
- La confianza brindada por parte de la víctima al presunto culpable.
- La conexión existente entre el acusado con respecto a los bienes, la confianza y el dinero ilícito.
- Que el acusado haya realizado el acto con intención.
A su vez la legislación penal correspondiente a California en el artículo 514 PC señala que la sanción aplicable por la comisión de este acto es la establecida para el delito de robo, siempre tomando en consideración el valor que tienen los recursos financieros producto de la malversación. Por otro lado, cuando el agraviado sea una entidad del Estado el hecho será calificado como felonía y será aplicable la sanción de privación de libertad así como la imposibilidad de desempeñarse en cargos públicos.
Falsificación
Este consiste en la manipulación de ciertos documentos o instrumentos, o la elaboración de los mismos con el objeto de hacerlos parecer auténticos y así alterar o simular su veracidad para cometer algún acto ilegal que afecte a alguna persona o entidad, con el objeto de obtener un beneficio económico.
Dicha alteración puede hacerse bien sea en el cuerpo, en la forma o en la firma del documento, dentro de los cuales se incluyen los contratos, los poderes de abogados, cheques y pagarés.
Al igual que en los delitos anteriores en este debe haber la intención de llevar a cabo un engaño por parte del perpetrador y la misma debe ser demostrada por parte de las autoridades encargadas.
En caso de que este sea calificado como un crimen menor puede aplicarse la pena de privación de libertad hasta de un año, así como condenarse el pago de una suma de dinero hasta de 1000 dólares. Pero en el supuesto de que sea determinado como una felonía, la privación de libertad puede ser hasta de tres años y el pago de la suma establecida puede ser hasta de 10.000 dólares, todo esto de concordancia con el ordenamiento jurídico vigente.
¿En caso de ser señalado por la comisión de un delito de cuello blanco qué debe hacer?
Para garantizar que se le proporcione un debido proceso y se dé cumplimiento al respeto de sus derechos se recomienda:
Contactar a un profesional conocedor de la materia. Puesto que la ignorancia o desconocimiento es la principal causa de que su problema se torne aún mayor, es necesario ponerse en contacto con un experto con conocimientos sólidos en este tipo de delito, dado que esto le garantizará una óptima defensa. Su abogado luego de conocer los hechos que dieron origen a la acusación de la presunta comisión del delito, le indicará cual es el mejor plan de acción y defensa que se puede poner en marcha.
Debe considerar que cualquier declaración que haga es vital puesto que las mismas pueden posteriormente ser usadas en su contra, lo aconsejable es guardar silencio hasta no contar con la asistencia de un profesional capacitado para encargarse de su defensa, el cual le indique cuáles son las acciones que debe seguir para evitar repercusiones legales perjudiciales.
Ubicar los medios probatorios que tenga a su alcance correspondiente al caso. Esto es de vital importancia dado que los mismos le van a permitir probar su inocencia con respecto a la acusación en la cual se encuentra involucrado, esto incluye todo tipo instrumentos físicos y digitalizados ya sean financieros o de otra índole que le permitan a su abogado realizar y constituir una adecuada estrategia de defensa.
Establecer con dicho especialista los mecanismos de defensa. Lo cual va a depender de las características de su caso en particular así como de la de la naturaleza del delito del cual se le incrimina. Normalmente entre las estrategias que más se utilizan en estos casos se encuentran:
- La falta de pruebas
- La falta de intención del incriminado en cometer fraude o engaño
Falta de pruebas
Esta estrategia se refiere a la ausencia de medios probatorios que sean suficientes para demostrar la comisión de tal delito lo cual hace que sea imposible sentenciar a algún sujeto por la ejecución del mismo. Para decidir utilizar esta estrategia como medio de defensa primero se debe estudiar cuidadosamente todos los aspectos que se ven involucrados en el caso, esto implica una comunicación exhaustiva entre el acusado y el defensor.
Es necesario que el defensor conozca todos los detalles del caso porque esto le permitirá examinar cuáles serán las consecuencias de utilizar cada mecanismo o medio de acción para brindar una óptima asesoría jurídica y atención.
Falta de intención del incriminado en cometer fraude o engaño
Como se mencionó anteriormente, esta es una de las principales características de este tipo de delitos, por tanto el fiscal debe demostrar que realmente hubo la intención por parte del presunto criminal de cometer un engaño, fraude o manipulación que le permitiese obtener algún beneficio económico o financiero aprovechándose de la buena fe y confianza que otra persona había depositado en él. En este sentido, el abogado debe formular los alegatos, basado en los medios probatorios proporcionados por el acusado, los cuales deben estar orientados a probar la falta de intención por parte del mismo de cometer dicho acto.
De lo anterior se desprende la necesidad de contar con asistencia legal inmediata una vez conocida la acusación sobre la comisión de este tipo de delitos, pues la asistencia de un abogado desde el comienzo del proceso le evitará incurrir en algún error o causal que le ocasione la aplicación de una sanción o condena injusta. Su mejor aliado es un experto en la materia legal que configura dicho delito, el cual a través de los medios probatorios de los que disponga, podrá garantizarle la solución más óptima y eficiente a su alcance.
¿Cómo contactar un abogado de Delitos de Cuello Blanco que se encuentre cerca de mí?
Si en algún momento se encuentra cursando por esta incómoda y preocupante situación o conoce a alguien que está siendo inculpado por la comisión de algún delito de cuello blanco no espere más, busque la solución más idónea a su caso.
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