En California los delitos por drogas pueden darse de diversas formas. Con frecuencia las personas no están en conocimiento de lo que es considerado como sustancias controladas, por esto es importante conocer que estas no solo están integradas por drogas ilegales, puesto que también existen algunas que son consideradas como legales y que son usadas para el tratamiento de diversas enfermedades, pero debido a su peligrosidad y posible adicción, solo pueden ser obtenidas mediante récipes médicos, y deben ser controladas por el Estado.
Los delitos de drogas se categorizan según las características propias del hecho. Si una persona está bajo acusación por algún delito de este tipo, es necesario que se comunique con un abogado defensor que pueda proteger sus intereses, de lo contrario, podría enfrentar consecuencias como el pago de multas y/o pasar un tiempo en prisión.
Como se mencionó anteriormente, si usted se ve inmerso en un proceso legal al ser acusado por delitos de drogas, lo mejor que puede hacer es comunicarse con un abogado especializado y con experiencia en este tipo de casos, que le brinde el mejor asesoramiento legal en relación con su caso. Si se encuentra ubicado en Vista, CA, contáctese con uno de nuestros expertos en Vista Criminal Attorney Law Firm para que comience a trabajar lo antes posible y solucione de la manera más satisfactoria su situación legal.
¿Qué se conoce como sustancias controladas?
Estas abarcan todo tipo de drogas que tengan la capacidad de generar adicción, cuyo consumo genera afecciones en el estado físico o mental de la persona que las usa, lo cual es sumamente peligroso. Por ello, dichas sustancias están reguladas por el Estado, y en este delito se abarcan tanto las sustancias legales es decir, aquellas que están bajo supervisión médica, y las ilegales.
¿Cómo se categorizan las sustancias controladas en California?
En las leyes de California se clasifican cada una de estas sustancias de acuerdo a sus características y los efectos que producen. Estas abarcan desde las más dañinas hasta las consideradas como leves.
Las categorías se exponen a continuación:
- Categoría I: Comprende todas aquellas sustancias ilegales que se caracterizan por ser adictivas y causar daños a la persona que las consume, es por ello que no son usadas con fines médicos. Entre ellas se encuentran: heroína, mescalina, éxtasis, cocaína base, peyote.
- Categoría II: Esta comprende drogas que tienen un alto índice de dependencia. Pueden ser usadas para determinados tratamientos médicos pero bajo estricta supervisión. Entre estas destacan: los depresivos y estimulantes.
- Categoría III: Esta categoría comprende aquellas sustancias que generan menor adicción en los individuos que las consumen y son utilizadas en tratamientos médicos. Entre ellas destacan: ketamina, esteroides, testosterona, entre otros.
- Categoría IV: Comprende ciertos niveles de adicción, y es utilizada en tratamientos médicos. Estos son los narcóticos de pequeñas dosis, depresores y algunos estimulantes como el xanax, valium, entre otros.
Categoría V: Está compuesta por aquellas drogas consideradas como poco adictivas y muy usadas para tratamientos médicos. Estas comprenden buprenorfina, lomotil, entre otros.
¿Cuáles son los delitos de drogas establecidos en el ordenamiento de California?
En el Estado de California, la ley tipifica distintos delitos de drogas, dentro de los cuales se encuentran los siguientes:
Posesión de una sustancia controlada
Según las leyes de California, se considera como un hecho delictivo el poseer sustancias controladas de manera ilegal, o incluso aquellas drogas legales que requieren de prescripción médica para su uso. Este delito también se conoce como “posesión simple”, y requiere de ciertos elementos necesarios para que una persona pueda ser condenada por este acto delictivo:
- Que la persona acusada tenga en posesión alguna sustancia controlada.
- Que la posesión de la sustancia controlada sea de forma ilegal.
- Que la persona acusada tenga conocimiento de que la posee.
- Y la cantidad encontrada bajo su posesión, sea la necesaria para el consumo y no solo sean residuos.
Así mismo, es importante aclarar qué se entiende por posesión y es cuando una persona tiene, carga consigo o mantiene un control físico sobre alguna sustancia controlada. La ley explica que la posesión real, es aquella donde se tiene un control directo e inmediato sobre la sustancia. La posesión constructiva es considerada como el acceso que se tiene a la sustancia, o el derecho de controlarla, aún cuando una persona no la posee forma física, y la posesión articulada se da cuando dos o más sujetos tienen posesión de la droga.
Sin embargo, se presentan muchos problemas en este hecho delictivo, ya que, cualquier individuo puede verse afectado, por ejemplo, Marc que es consumidor de cocaína un día se sube al vehículo de Alex, y deja allí un paquete con droga. Posteriormente, Alex es detenido por un oficial de policía, quien se da cuenta de que dentro del vehículo hay una sustancia prohibida. En este caso, Alex podrá ser acusado de cometer este delito de drogas, y tendrá que comenzar todo un proceso para demostrar que es inocente.
Consecuencias jurídicas: En este tipo de delito puede ser condenado a lo siguiente:
- Cumplir una condena por un tiempo máximo de 1 año en la cárcel, y/o
- Pago de multa hasta un valor de $1.000.
Es importante resaltar que estas sanciones pueden aumentar si la persona posee antecedentes penales por algún delito grave o sexual, lo que incrementa su tiempo hasta por 3 años en la cárcel.
Fabricación de drogas
En California, es considerado como delito mayor el fabricar, convertir, procesar, obtener, preparar, producir, una sustancia controlada mediante un proceso químico. Es decir, esta conducta punible se lleva a cabo cuando un individuo se relaciona en cualquier parte del proceso de producción de drogas consideradas ilegales. Un ejemplo de esta situación es trabajar en un laboratorio clandestino en la elaboración de sustancias prohibidas.
Para que una persona sea condenada por este delito el fiscal debe probar lo siguiente:
- Que la persona tenía conocimiento de que la naturaleza de la sustancia que fabrica es ilegal.
- La persona acusada participó en el proceso para fabricarla aun conociendo que era ilegal. En este caso no se toma en cuenta si no se terminó dicho proceso o si este acabó mal, solo se toma en cuenta la participación.
Consecuencias jurídicas: este delito se considera como un delito grave o mayor, y por lo tanto su sanción será:
- Cumplimiento de un tiempo en la prisión estatal de 3 hasta 7 años.
- Pago de multas por un valor que no exceda de $50.000.
Es importante destacar que existen diversos factores que van a determinar el tipo de sentencia que va a recibir, entre los que se destacan:
- Condenas anteriores por cargos relacionados con sustancias prohibidas.
- Fabricación de grandes cantidades de drogas.
- Que cause lesiones graves o la muerte a otro individuo.
- Que la fabricación de dichas drogas se realice cerca de menores de edad.
Posesión de Metanfetamina
La ley prohíbe la posesión de metanfetamina, así como otras sustancias, tales como: PCP, ketamina, GHB y éxtasis. Para este delito se aplican los mismos términos empleados para el delito de posesión de sustancias controladas. Sin embargo, para los farmacéuticos, veterinarios, médicos o cualquier profesional del área de la salud, las disposiciones que regulan este delito no son aplicables.
Consecuencias jurídicas: las personas condenadas por este delito, deberán enfrentar sanciones como:
- El pago de multas hasta los $1.000 y/o a pasar hasta 1 año en presión.
- En caso de que el acusado posea antecedentes penales por condenas anteriores de delitos sexuales, violentos o graves, el tiempo que deberá pasar en prisión podrá aumentar de 16 meses a 3 años.
- Mientras que, si es encontrado en posesión de metanfetaminas en una cantidad superior a 1Kg, podrá tener adicionalmente una sentencia de pena de prisión de un lapso de 3 – 15 años.
Posesión de una sustancia controlada para la venta
Según el ordenamiento jurídico de California, es considerado como un delito grave o mayor estar en posesión de sustancias controladas a fin de venderlas. Esto también incluye drogas consideradas como ilegales, como sería, la cocaína, la heroína y LSD. Así como drogas comunes usadas con fines médicos dentro de las que se destacan, la oxicodona, la codeína, el vicodin, entre otros.
Pero ¿Cómo prueba el fiscal un cargo por este delito de posesión de sustancias controladas para la venta? De forma general, el fiscal sólo debe demostrar más allá de cualquier duda razonable que la persona tenía la intención de vender las drogas que se encontraban en su posesión. Sin embargo, existen ciertos indicios de dicha venta que suelen ser considerados por el fiscal:
- El narcótico se encuentra dividido en bolsas individuales, pequeñas y de forma separada.
- Parafernalia para crear dichas drogas.
- Hojas de clientes que contengan saldos pendientes.
- La presencia de grandes sumas de dinero en efectivo.
- Visitas continuas a la vivienda por poco tiempo.
- Poseer diversos teléfonos celulares.
Sin embargo, para que una persona sea condenada por este delito el fiscal debe demostrar los siguientes elementos:
- Que la persona estaba en posesión de la sustancia controlada.
- Que la persona tenía conocimiento de que la naturaleza de la droga es una sustancia controlada.
- Estar en posesión de una cantidad suficiente de droga para vender o consumir.
Consecuencias jurídicas: Este hecho delictivo es considerado como un delito mayor o grave, cuyas sus sanciones serán:
- Libertad condicional hasta por un año en la prisión del condado, o
- Cumplimiento en prisión de 2 - 4 años de cárcel, y/o
- Pago de multas hasta un valor que no exceda de $20.000.
Sin embargo, la sanción puede ser más severa y su cumplimiento se dará de forma consecutiva a la primera sentencia, en caso de que la sustancia controlada sea heroína, cocaína o cocaína base. Bajo estos escenarios, según la cantidad encontrada de dicha sustancia se dará el respectivo aumento de su condena.
Transporte de una sustancia controlada para la venta
Según lo establecido en las normativas del Estado de California, se incluyen dentro de este delito, medicamentos recetados y drogas ilegales; el medio de transporte empleado no posee relevancia, puesto que, de acuerdo con la ley el “transportar” hace referencia a trasladar en California de algún sitio a otro la sustancia en cuestión con intención de venderla, incluso si es en bicicleta o caminando.
Es necesario aclarar que para que este hecho punible se dé como configurado no existe un límite relacionado con la cantidad, el medio donde se transporte o la distancia. Sin embargo, se debe probar que el acusado estaba en conocimiento de dicha posesión y tenía intención de venderla, que esta sea considerada de naturaleza controlada, así como que sea utilizable la cantidad transportada.
Consecuencias jurídicas: Este hecho punible es considerado como un delito mayor dentro del Estado de California, por ello que se aplican las siguientes sanciones:
- Libertad condicional
- El cumplimiento de un periodo de 3-5 años de prisión,y de 3-9 años en caso de que se descubra que la persona transportaba sustancias controladas con intención de venderlas en dos o más líneas de condado en el Estado de California, y/o
- El pago de una multa por un valor máximo de $20.000.
¿Cómo afecta mi estatus migratorio ser condenado por estos delitos de drogas?
Enfrentar una condena por alguno de estos delitos de drogas sin ser ciudadano de los Estados Unidos, puede traer consecuencias desfavorables como ser deportado, o declarado como inadmisible, es decir, no podrá ingresar de nuevo al país.
Tenga en cuenta que un procedimiento de deportación en su contra, puede iniciar independientemente de si tiene hijos menores de edad que sean ciudadanos, bienes en el país, o si su permanencia en el país es legal.
Es por ello, que debe buscar asesoría legal para tratar de negociar con el fiscal su caso y evitar una futura deportación. Pero si la fiscalía no quiere negociar, será necesario ir a juicio y demostrar su inocencia.
¿Como puedo saber si soy candidato para algunas de las alternativas de condena por estos delitos de drogas?
Hay casos donde el juez considera más apropiado que la persona se someta a una rehabilitación o participe en un programa de tratamiento de drogas en lugar de ser condenado a prisión. Por lo que si usted reúne los requisitos necesarios podría ser candidato a las siguientes alternativas:
- Tribunal de Drogas: el cual consiste en un programa de tratamiento y supervisión, caracterizado por estar dividido por fases, en las que se le otorga al acusado libertades al superar cada una de ellas. Cabe destacar que, existen casos particulares en los que es necesario que el individuo pase un tiempo en la cárcel. Una vez terminado el programa, el caso se da por concluido.
- Propuesta 36: si el individuo acusado está siendo imputado por primera o segunda vez por el delito de posesión simple de drogas donde no se hizo uso de la violencia, en lugar de una pena de prisión puede ser candidato a recibir tratamiento para el abuso de sustancias controladas. Lo que incluye un tratamiento de rehabilitación por un año en un centro de rehabilitación, como paciente externo, casa de reinserción, clase y/o tratamiento limitado dentro de un hospital, terapia de reemplazo de narcóticos y un periodo de 6 meses en tratamiento de readaptación. Todo ello según lo establecido en la Ley para la Prevención de Delitos y Abuso de Estupefacientes de California.
- Tratamiento para drogas en libertad con sentencia diferida (conocido por sus siglas en inglés DEF): en estos casos el condenado a pesar de que se declara culpable no le es impuesta su condena, ya que, el caso es aplazado por un periodo de 18 meses, tiempo durante el cual el acusado debe asistir a una clase obligatoria de educación de drogas por 6 meses y evitar cualquier tipo de arresto o condena por otro delito, al transcurrir los 18 meses el caso es desechado.
¿Cuáles estrategias de defensa son aplicables para estos delitos de drogas?
Existen algunas estrategias de defensa que suelen usar los abogados expertos en la materia para resolver su situación, algunas de ellas son solo aplicables bajo circunstancias en específico, y otras son usadas para cualquiera de estos delitos. Estas últimas se explican a continuación:
Las evidencias aportadas por la parte acusadora son insuficientes
En esta estrategia el abogado tratará de demostrar la debilidad en las pruebas presentadas y alegará que éstas no son suficientes para demostrar los elementos constitutivos del delito.
Que la persona acusada no tenía conocimiento que tenía en posesión la sustancia
En este caso, es importante determinar si hubo conocimiento o no acerca de la posesión de la droga. Si la persona que se encuentra acusada por este delito desconocía de su posesión y el abogado logra demostrar mediante pruebas suficientes este hecho, el Juez podrá rechazar los cargos.
La persona acusada no conoce la naturaleza controlada de la sustancia
En este tipo de casos, su abogado defensor busca alegar que aunque sabía de la existencia de la droga, desconocía su naturaleza controlada.
Registro e incautación ilegal
En un procedimiento de registro e incautación por parte de las autoridades deben cumplirse una serie de parámetros, y en caso de que esto no se cumpla, conlleva a que este procedimiento se considere ilegal. Por tanto, si el abogado defensor logra demostrar esto ante el Juez, este último deberá suprimir las pruebas, lo que significa que no se tomarán en cuenta para su decisión final.
Fue víctima de una trampa por parte de las autoridades policiales
En muchas ocasiones cuando se estudian estos delitos, las autoridades deben investigar previamente para tener sospecha de que se cometen estos hechos delictivos, y para ello usan las “operaciones en cubierto” las cuales se consideran legales, pero cuando los funcionarios policiales se exceden, hasta llegar al punto de inducir a la comisión del delito, esta investigación previa se considera ilegal. Por ello, dicha investigación que será usada como prueba debe ser rechazada por el Juez.
Negociar la reducción de cargos con la Fiscalía
En algunos casos, el abogado defensor puede considerar como estrategia de defensa que la persona acusada se declare culpable por delitos menores, para obtener así un acuerdo y goce de beneficios a través de los diversos programas, y evitar con ello que pase mayor tiempo en prisión. Es importante destacar, que esta opción será recomendable según la situación de su caso en particular.
La persona solo tenía la droga de manera temporal
Esta defensa será válida en el Estado de California siempre que se compruebe:
- Que la persona solo tenia las drogas con el fin de destruirlas o para deshacerse de ellas, y así evitar que otra persona se encuentre en posesión de la droga de forma ilegal.
- Que la persona no pretendía impedir que las autoridades obtuvieran la droga.
Es importante destacar que dicha estrategia no podrá ser usada en caso de que la persona se deshaga de manera voluntaria de la sustancia prohibida. Un ejemplo de esta situación, es tirar la droga al inodoro cuando las autoridades llegan a realizar un registro en su vivienda, en esta situación será culpado por el delito. Es importante destacar que, este argumento de defensa no es aplicable en todos los casos, mayormente es empleado en delitos por posesión de drogas.
¿Cómo contactar a un abogado experto en delitos de drogas cerca de mí?
Dentro de las repercusiones negativas que trae consigo ser acusado por estos hechos delictivos, se pueden nombrar la declaratoria de inadmisibilidad y que no pueda ingresar más al país o ser deportado, afectando así su estatus migratorio. Así mismo, cumplir largos periodos en la cárcel y/o pago de multas. Por ello debe ser muy cuidadoso al momento de elegir el abogado que lo asesorará y actuará en su defensa, el cual debe brindarle el mayor apoyo y la solución más factible a su situación.
Si usted se encuentra en Vista, CA, y fue acusado por alguno de estos delitos de drogas comuníquese ya mismo al siguiente número telefónico 760-691-1551 y uno de nuestros abogados expertos de Vista Criminal Attorney Law Firm tomará su caso, creando una excelente estrategia de defensa para resolver su conflicto de la forma más conveniente. ¡Marque ya!