Si alguna vez ha sido arrestado, entonces ya sabe lo traumático que puede ser. Pero, ahora imagínese que el arrestado es un menor de edad. Por supuesto que no será fácil para él entender el procedimiento que sigue y los efectos que podrá tener en él, cuando sea procesado en el Sistema Juvenil de Justicia, con procedimientos de los que no conoce absolutamente nada, y ser enviado para ser rehabilitado a una instalación correccional
Incluso puede ser que usted tenga dificultades para entenderlo, porque no es igual al procedimiento que se utiliza para tratar a los adultos que cometen un crimen, ni se emplean los mismos términos legales. Además, las finalidades de los sistemas judiciales no son iguales, en el caso de los adultos se trata de sancionar a los procesados por cometer actos ilícitos, mientras que en el caso de los menores, lo que se quiere es la reeducación y la rehabilitación del menor, para que se convierta en un ciudadano reformado y ejemplar.
De acuerdo con las normas, los menores no cometen delitos, sino que ejecutan actos de delincuencia, en consecuencia, un menor no puede ser considerado un criminal, por el contrario, es considerado un individuo que necesita ayuda, ya que el Sistema Juvenil de Justicia se fundamenta en el principio del interés superior del menor.
Por ello, es posible que un menor que comete un acto de delincuencia no sea retenido en una instalación correccional para ser confinado, ya que existen varias opciones que pueden utilizarse para corregir a los menores infractores, que pueden ser utilizadas en su lugar en California.
Obtener la ayuda legal que se necesita
Las repercusiones que puede tener un proceso judicial para un adulto en Vista CA, son graves, pero si el procesado es un menor de edad, las consecuencias pueden ser impensables, razón por la cual si un hijo suyo o un familiar o allegado que no haya cumplido los dieciocho años de edad está siendo procesado en el Sistema Juvenil de Justicia, entonces necesita con urgencia los consejos legales que podemos darle en Vista Criminal Attorney Law Firm, ya que nuestros abogados son expertos en derecho penal juvenil, conocen los procedimientos y las herramientas legales para lograr que el menor sea sancionado con medidas disciplinarias mínimas, por ello debe ponerse en contacto con nosotros inmediatamente.
¿Qué es el Tribunal de Delincuencia Juvenil?
Tomar parte en una actividad delictual, sin haber cumplido los 18 años, se denomina delincuencia juvenil. Para estos efectos, en California un individuo es menor mientras no haya alcanzado los dieciocho años de edad, así que todo sospechoso de una conducta criminal que no haya cumplido esa edad, será considerado como delincuente juvenil y será juzgado en una jurisdicción especial.
Son los Tribunales de Delincuencia Juvenil, que son tribunales dedicados a juzgar delitos graves y delitos menores presuntamente cometidos por menores. La Jurisdicción de los Tribunales Penales de Menores se aplica a los menores de entre 12 a 17 años de edad y en algunos casos de menores de 12 años. No obstante, si un sujeto comete un hecho ilícito cuando tenía diecisiete años y los hechos se descubren cuando el sujeto ha cumplido diecinueve años, todavía podría ser juzgado por el Sistema Juvenil de Justicia Penal.
Sección 602
Técnicamente, los Tribunales de Menores no son parte del Sistema de Derecho Penal de California. Realmente son parte del Sistema de Derecho Civil, donde los casos no se sentencian sino que se adjudican. Los procedimientos que se llevan a cabo ante dichos Tribunales son denominados frecuentemente como procedimientos de la Sección 602.
Los jueces conocen los casos en los Tribunales de Menores. Hay fiscales y abogados defensores, pero no jurados. Los procedimientos judiciales de menores son generalmente confidenciales.
La jerga de la corte de menores
El Juez no encuentra a un menor "culpable" o "inocente" en el Sistema de Tribunales de Menores de California. En cambio, si el Juez determina que el menor cometió el delito alegado, entonces la expresión que se emplea es que el juez "sostiene la petición" presentada por la Fiscalía.
Hay una serie de diferentes "disposiciones" (sentencias) disponibles para los Tribunales de Menores. La medida menos grave es la libertad condicional simple o informal. En este caso no es necesario que el menor admita las acusaciones de irregularidades y los cargos se desestiman una vez que se completa con éxito el programa.
La sanción disciplinaria más grave es el compromiso con la Autoridad Juvenil de California (CYA), que es lo más parecido a una "prisión" en California para menores. CYA ahora se llama División de Justicia Juvenil y se encuentra dentro del Departamento de Correccionales y Rehabilitación de California.
Salas de la Corte
Cuando el Juez convierte a un menor en “pupilo del tribunal”, significa que el Tribunal asume la responsabilidad principal del control y tratamiento del menor. Un menor puede estar bajo la tutela del Tribunal, pero aun así, se le puede permitir cumplir un régimen de libertad condicional en su casa.
En otros casos, el menor puede ser colocado en un hogar de acogida, en un hogar grupal o en un campamento de libertad condicional del condado.
El objetivo de la rehabilitación
En teoría, el sistema de justicia juvenil de California está diseñado para "rehabilitar" a los menores infractores, para ello cuentan con programas de orientación, educación y asesoría que se pueden ajustar a las necesidades del menor. Ésta es una diferencia filosófica importante con el sistema que aplica a los adultos.
Si un adulto es condenado por un delito y sentenciado a prisión, el propósito es castigar al criminal. Pero cuando un menor es puesto en libertad condicional, o internado en una institución correccional, el propósito es rehabilitar al menor.
Se supone que los menores en el Sistema de Justicia de los Tribunales de Menores deben recibir la educación, el tratamiento y los servicios que necesitan para dejar atrás sus hábitos delictivos, juntarse con sus familias y convertirse en ciudadanos productivos.
Las sanciones no están diseñadas para castigar
Aunque el objetivo perseguido por el Sistema de Tribunales de Menores de California sea la rehabilitación, no significa que un niño que desobedece la ley no vaya a ser castigado. El menor puede ser "sancionado" por una conducta ilícita, pero las sanciones están diseñadas para disciplinar y no como represalia.
Entre las decisiones que pueden aplicar estos Tribunales se encuentran:
- Pago de una multa y/o restitución a modo de compensación.
- Servicio comunitario.
- Asistencia a la clase de impacto de víctimas.
- Colocación en hogares de acogida.
- Libertad condicional.
- Compromiso con un centro, campamento o rancho juvenil.
- Compromiso con CYA
Los problemas que se han observado en el Sistema Juvenil de Justicia
Independientemente de la nobleza de sus objetivos o finalidad, el Sistema de Justicia de los Tribunales de Menores de California ha recibido numerosas críticas por sus fracasos. En una demanda de 2003 muy publicitada, llamada Farrell v. Allen, el Estado fue demandado por condiciones deplorables en la Autoridad Juvenil de California, que incluyen:
- Usar excesivamente la fuerza física,
- Hacer que los menores asistan a la "escuela" mientras están encerrados en celdas,
- Confinar a los menores durante 23 horas del día en celdas,
- No proporcionarles servicios médicos o de salud psicológica y psiquiátrica adecuados,
- Utilizar medicamentos psicotrópicos como una forma de control, y
- Perpetuar una cultura plagada de violencia extrema, a menudo relacionada con las pandillas.
La "realineación" del Estado a los condados
Como resultado de fallas sistémicas sacadas a la luz por litigios, y el alto costo del confinamiento a nivel estatal, la legislatura de California aprobó el Proyecto de Ley 81 del Senado en 2007 para "realinear" la justicia juvenil del nivel estatal al nivel del condado. Los departamentos de libertad condicional del condado ahora son responsables de tratar, asegurar y rehabilitar a todos aquellos menores que han realizado una conducta ilícita, salvo a los delincuentes juveniles más graves y violentos, que serán comprometidos con CYA.
¿Quién es juzgado en un tribunal de menores?
En términos generales, los menores de 18 años son juzgados en el Sistema de Tribunales de Menores de California. Pero hay casos en los que los menores pueden ser juzgados en un Tribunal de Adultos.
Los menores de 18 años suelen acudir al tribunal de menores
De conformidad con la Sección 602 del Código de Bienestar e Instituciones de California, el Tribunal de Menores tiene Jurisdicción sobre los delitos presuntamente cometidos por menores de 18 años. Recordemos igualmente que si un individuo menor de edad presuntamente ejecuta un acto delictivo, pero no es descubierto hasta después de cumplir los diecinueve años, ese sujeto aún puede ser juzgado en un Tribunal de Menores.
Algunos menores van a la corte de adultos
Los menores de 16 años en adelante que presuntamente cometieron un hecho ilícito de los previstos en el artículo 707 (b) pueden quedan sujetos a una "audiencia de transferencia", en la que el Juez decide si el menor debe ser transferido a un Tribunal de Adultos basándose en:
- El nivel de sofisticación criminal que exhibe el menor,
- Si el menor puede ser rehabilitado antes de que expire la jurisdicción de los Tribunales de Menores sobre él,
- El historial de delincuencia previo del menor,
- Si han tenido éxito los intentos anteriores por rehabilitar al menor, y
- Las circunstancias, así como la gravedad de los hechos alegados en la petición de la Fiscalía.
Si la decisión de esta audiencia es que el menor debe ser juzgado por los Tribunales de Adultos, entonces podrá ser sancionado en la misma forma que se aplica a los adultos.
¿Cuáles son los supuestos en los que un menor puede ser juzgado como adulto?
Se trata de los supuestos que se encuentran enumerados en el artículo 707 (b) del Código de Bienestar e Instituciones de este Estado. En determinadas circunstancias, los menores de dieciséis años o más, que presuntamente cometieron uno de los treinta hechos punibles enumerados en el artículo 707 (b) antes mencionado también pueden ser juzgados en un Tribunal de Adultos.
Los hechos ilícitos del artículo 707 (b) son:
- Asesinato.
- Incendio provocado que cause grandes lesiones corporales o de una estructura habitada.
- Robo.
- Violación con fuerza, violencia o amenaza de gran daño corporal.
- Sodomía por fuerza, violencia o amenaza de gran daño corporal.
- Un acto lascivo sobre un niño menor de 14 años con fuerza, violencia o amenaza de daño corporal grave.
- Cópula oral por fuerza, violencia o amenaza de gran daño corporal.
- Penetración sexual forzada.
- Secuestro para pedir rescate.
- Secuestro con fines de robo.
- Secuestro con daño corporal.
- Tentativa de asesinato.
- Asalto con arma de fuego o dispositivo destructivo.
- Agresión por medio de la fuerza que pueda producir grandes lesiones corporales.
- Descarga de un arma de fuego en un edificio habitado u ocupado.
- Un delito descrito en la Sección 1203.09 del Código Penal contra una persona mayor de 60 años o discapacitada.
- Una ofensa descrita en la Sección 12022.5 del Código Penal o en el Código Penal 12022.53 por uso personal de un arma de fuego.
- Un delito grave en el que el menor utilizó personalmente un arma enumerada en la Sección 16590 (a) del Código Penal.
- Un delito grave descrito en el Código Penal 136.1, disuadir a un testigo, o el soborno de un testigo en la Sección 137 del Código Penal.
- Fabricar, componer o vender media onza o más de una sal o solución de una sustancia controlada especificada en el artículo 11055 (e) del Código de Salud y Seguridad.
- Un delito grave violento, que también constituiría una infracción grave del Código Penal 186.22 (b), que es la mejora de la sentencia de pandillas callejeras.
- Escapar, mediante el uso de la fuerza o la violencia, de un centro de menores, hogar, rancho, campamento o campamento forestal del condado.
- Si se inflige intencionalmente una lesión corporal grave a un empleado del centro de menores.
- Tortura.
- Caos agravado.
- Robo de autos.
- Secuestro con fines de agresión sexual.
- Secuestro durante un robo de auto.
- Sección 26100 del Código Penal, tiro por tiro.
- Explotar un dispositivo destructivo con la intención de cometer un asesinato.
- Homicidio voluntario.
Terminación de jurisdicción
La jurisdicción del Tribunal de Menores termina cuando el pupilo cumple los 21 años. Pero, en los casos en que el menor cometió un hecho ilícito de los enumerados en el artículo 707 (b) antes referido y tuvo un compromiso con la CYA, la jurisdicción puede durar hasta que el sujeto tenga 25 años.
¿Qué ocurre en el proceso de la Corte de Menores?
El proceso de la Corte de Menores de California comienza con el arresto del menor. Las cosas pueden terminar allí mismo, ya que la policía puede decidir liberar al menor con una simple reprimenda.
Pero, si la policía decide entregar al menor al departamento de libertad condicional del condado, esto podría llevar a la detención en el centro de menores y la presentación de una "petición" en su contra. Una petición es como una denuncia penal presentada en un Tribunal de Adultos.
El proceso consta de varias audiencias diferentes, que incluyen:
- audiencia de detención (para menores bajo custodia),
- lectura de cargos (para menores fuera de la custodia),
- audiencia de transferencia (en casos de infracciones 707 (b)),
- audiencia de jurisdicción (el juicio),
- audiencia de disposición (para sentencia)
La ley establece plazos y procedimientos sobre cuándo y cómo se lleva a cabo cada una de estas audiencias. En cada etapa, la Fiscalía y el abogado defensor pueden llegar a una resolución e ir directamente a la disposición. Además, si se cometen errores, puede haber una o más audiencias y los padres tienen derecho a asistir a cada audiencia judicial.
¿Qué resoluciones se pueden tomar contra el menor?
Entre las resoluciones que puede tomar el Juez de menores, se encuentran:
Libertad condicional simple o informal
Cuando un caso no es muy serio, el menor puede ser elegible para libertad condicional simple o informal y desviación bajo el Código de Bienestar e Instituciones, según los artículos 654 o 725. Este tipo de medida disciplinaria podría aplicarse en caso de una ofensa no violenta por primera vez, como el vandalismo del artículo 594 PC.
Código de Bienestar e Instituciones, artículo 654, desvío
Según el artículo 654 antes mencionado, es posible que el caso sea "desviado" a la libertad condicional antes de que se lleve a cabo la presentación de una petición. En la Corte de Menores, a menudo vemos casos de hurto en tiendas y violaciones de hurto menor según el artículo 484 PC, en los que se puede obtener la desviación prevista en el artículo 654 o la libertad condicional informal del artículo 725. Esto significa que el menor evita una presentación y obtiene el cargo de hurto en tiendas del artículo 484 PC, que será desestimado al completar con éxito la libertad condicional.
En un esfuerzo por ajustar la situación que coloca al menor dentro de la jurisdicción de la Corte o crear la probabilidad de que el menor pronto esté dentro de esa jurisdicción, sin importar las circunstancias, el oficial de libertad condicional desarrollará un plan para el menor que no puede durar más de seis años, que generalmente incluye educación y asesoramiento.
Si el menor no cumple, el oficial de libertad condicional aún puede iniciar procedimientos formales de petición ante el Tribunal de Menores.
Código de Bienestar e Instituciones, artículo 725, libertad condicional simple o informal
Es posible que el juez tome la decisión de colocar al menor en libertad condicional simple o informal, según el artículo 725. La diferencia con la prevista en el artículo 654 es que la libertad condicional informal es presentada en una petición, pero tal petición se "coloca en espera", para darle al menor su segunda oportunidad. No se requiere que el menor admita su responsabilidad, y mientras el menor cumpla con las condiciones de libertad condicional, la petición finalmente será desestimada.
Las condiciones de libertad condicional generalmente incluyen asistencia a la escuela, asesoramiento tanto para el menor como para sus padres y el toque de queda. Otras condiciones posibles son las pruebas de detección de drogas y la restitución. El período de prueba informal del artículo 725 es de seis meses.
Emisión de sentencia diferida
Otra opción es la entrada diferida del fallo bajo el artículo 790.15 del Código de Bienestar e Instituciones. La entrada diferida del fallo (o "DEJ" para abreviar) requiere que el menor admita su responsabilidad en cuanto a las alegaciones de la petición, pero resulta en la desestimación de los cargos, al completar con éxito el programa DEJ.
La DEJ está disponible para hechos ilícitos graves que se cometen por primera vez, mientras no sean los previstos en el artículo 707 (b) y su duración será de entre 12 y 36 meses.
Libertad condicional formal en casa o campamento
Si un Tribunal de Menores de California declara que el delincuente menor está bajo su tutela, el Tribunal puede sancionarlo con un período de libertad condicional. A veces, los pupilos pueden completar su libertad condicional en su casa, aunque sean pupilos de la Corte.
En otros casos, el Tribunal asignará al pupilo en una "ubicación adecuada" en el hogar de un familiar o en un hogar grupal. Esto incluye hogares grupales de nivel 14 para menores con trastornos emocionales.
Los términos de la libertad condicional pueden incluir todo lo que sea razonablemente necesario para la rehabilitación del menor, entre lo que podemos encontrar:
- Asistencia escolar obligatoria,
- Restricciones de toque de queda,
- Consejería por abuso de sustancias,
- No salir con ciertas personas,
- Tener participación comunitaria,
- Eliminación de grafitis, y
- Restitución.
Los menores que necesiten un mayor nivel de estructura pueden ser enviados a un "campo de prueba" por un período de entre tres meses y un año.
Compromiso CYA
Se trata de la sanción más grave que se puede imponer a un menor, similar a la cárcel para los adultos, y se aplica sólo a aquellos que hayan ejecutado un hecho punible de los enumerados en el artículo 707 (b) del Código de Bienestar e Instituciones o uno de varios hechos ilícitos que obligan al procesado a registrarse como ofensor sexual.
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Las consecuencias de una decisión dictada por las Cortes de esta Jurisdicción en Vista CA, pueden ser nefastas para un menor, porque van a tener una influencia negativa en su futuro personal, laboral y profesional, si no se toman las decisiones correctas y se emplean las herramientas necesarias para que finalmente la petición sea desestimada. Es por ello que si un hijo de usted, familiar o allegado menor se encuentra sometido a esta jurisdicción, necesita de la ayuda profesional que podemos proveer en Vista Criminal Attorney Law Firm, porque nuestros abogados especializados en Derecho Penal Juvenil conocen todos los procedimientos y estrategias necesarias y pondrán el empeño que se requiere, logrando mejorar la situación judicial el menor.
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