El gobierno otorga un subsidio a las personas que cumplan con ciertas condiciones mediante ciertos programas de asistencia pública, sin embargo, debido a los grandes beneficios que estos proporcionan es común que las personas mientan u oculten información en sus solicitudes para resultar elegibles, lo cual es castigado por la ley.
El Código de Bienestar e instituciones de California en su artículo 10980 estipula el fraude del bienestar público, el cual se divide en fraude del destinatario y fraude interno.
Si ha estado involucrado en una situación similar y se está llevando a cabo una investigación en su contra o se le han imputado cargos, en la firma de abogados Vista Criminal Attorney Law Firm, ubicada en Vista County, California pueden asesorarlo. Allí se encuentran los abogados con la más amplia experiencia y formación que se dedicarán a brindarle un excelente servicio. Este delito tiene varias defensas posibles, por lo que un estudio del caso concreto a profundidad podrá determinar cuál es la mejor, y así no tendrá que preocuparse por las consecuencias legales desfavorables que podrían resultar de su caso.
¿En qué consisten estos tipos de fraude?
El tipo más común de fraude es el fraude del destinatario, y ocurre cuando un particular intencionalmente brinda información falsa u omite revelar datos para obtener algún beneficio que legalmente no le corresponde. Incluso se incurre en este delito con el intento de obtenerlos, mantenerlos o recibir un monto mayor.
Algunas de las formas de comisión más comunes de este tipo de fraude son las siguientes:
- Declarar que es padre o madre soltero mientras que el otro progenitor habita en su misma casa.
- Omitir declarar ingresos, propiedades u otros activos adicionales.
- Presentar una solicitud para un niño que no vive en su mismo hogar.
- Hacer una solicitud en beneficio de un niño ficticio o no elegible.
- Recibir beneficios de otro estado además de los que se han recibido en California.
Por otro lado, el fraude del bienestar interno ocurre cuando empleados de instituciones del gobierno intentan distribuir o asignar beneficios a personas que no son elegibles. Esto ocurre cuando el funcionario que se encarga de seleccionar a las personas que cumplen las condiciones para recibir el beneficio falsifican aplicaciones. Pudiendo hacer falsas declaraciones de ingresos, colocando un dato erróneo sobre la carga familiar, declarando la existencia de hijos que no existen u omitiendo datos para que sus amigos puedan obtener los beneficios legales, una vez se logra esto, se suelen incluso distribuir las ganancias.
Ahora bien, este tipo de fraude se puede cometer en cualquiera de los siguientes supuestos:
- Declarar falsamente de forma deliberada u omitir proporcionar información relevante para obtener, retener o aumentar beneficios que legalmente no le corresponden.
- Solicitar beneficios a nombre de distintas personas o formular varias solicitudes para obtener más beneficios de los que le corresponden.
- Usar, transferir, adquirir, vender, poseer, alterar o falsificar cupones alimenticios o permisos para recibir los mismos.
Además, es importante mencionar que cuando se incurre en este delito, generalmente se imputan varios cargos adicionales, incluyendo el de malversación de fondos, que se encuentra contemplado en el artículo 503 del CP y consiste en el apoderamiento de una propiedad que se encuentra a su cargo en virtud de una relación de confianza. Esto se relacionaría con este delito, por ejemplo, en el caso de que un trabajador de servicios sociales que tenga la función de distribuir beneficios de bienestar, se apropia indebidamente del beneficio, lo cual implicaría la imposición de una pena de hasta 3 años en una prisión estatal de California, y si el monto de lo malversado es superior a 65.000 dólares, se impone una pena adicional de uno a cuatro años.
¿Qué programas se consideran de bienestar público?
Entran bajo la categoría de bienestar público los programas de asistencia pública que se proveen a personas de bajos recursos, incluyendo desempleados y subempleados. A continuación, explicaremos brevemente cada uno.
- CalWORKs, es el programa principal de subsidio del estado que proporciona empleo y asistencia financiera a familias que tengan hijos menores de edad. Esta ayuda incluye refugio, vestimenta, alimentos, utilidades, y/o cuidados médicos temporales. Para esto, sus activos deben encajar dentro de los límites establecidos por el gobierno según la carga familiar. Este límite temporal generalmente es de 4 años, sin embargo, para los niños que cumplan ciertas condiciones la ayuda es de más tiempo.
- CalFresh proporciona asistencia financiera para la adquisición de alimentos a habitantes de California que posean bajos recursos.
- Servicios in-home, se trata de servicios de ayuda a víctimas de violencia doméstica, entre los cuales podemos encontrar terapia, asesoramiento, información médica, entrenamiento de crianza, planeamiento financiero y servicios de reubicación.
Además, llevan a cabo la evaluación y tratamiento de personas que abusan de sustancias, y brindan asesoramiento, tratamiento y rehabilitación para aquellos que sufren de enfermedades mentales como la depresión y la ansiedad.
- GAIN, proporciona apoyo a las personas que se han beneficiado de CalWORKs, brindándoles herramientas para que consigan empleos, se mantengan en los mismos o logren acceder a oportunidades laborales que impliquen salarios más altos.
- GA/GR proporciona subsidio a personas que se encuentren dentro de los márgenes de pobreza siempre y cuando no estén obteniendo ayuda de los otros programas.
- Medi-Cal es el programa de Medicaid de California que proporciona cobertura de seguros médicos a adultos y niños de bajos recursos económicos. Sin embargo, debemos mencionar que este fraude constituye un fraude específico que se castiga por disposiciones distintas estipuladas en el Código de Bienestar e Instituciones y el Código Penal.
¿En qué consiste el proceso de investigación?
Las oficinas de fiscales de distrito locales tienen sus propios departamentos que se dedican a procesar estos casos, éstas reciben casos de fraude del bienestar público de distintas fuentes. Entre estas tenemos:
- Los medios establecidos por la fiscalía para que los particulares reporten los casos de fraude del bienestar, como líneas telefónicas y páginas web establecidas.
- Departamento de servicios sociales locales que supervisan el desembolso de la ayuda.
- Datos recibidos de líneas telefónicas públicas para reportes a nivel estatal.
- Información recibida de otras instituciones que sospechen de la posible comisión de este tipo de fraude.
Para llevar a cabo la investigación, los investigadores deben interrogar a los beneficiarios sobre los que tienen sospechas, para preguntarles sobre los detalles específicos de los beneficios que reciben y los datos proporcionados por ellos para obtenerlos. También cuestionarán a sus amigos, compañeros de trabajo, familia y vecinos para recabar cualquier información útil referente a la determinación de la comisión del fraude.
Por otro lado, los investigadores suelen hacer las visitas y las entrevistas a los testigos sin previo aviso, ya que con estas pueden tener indicios o evidencias que determinan la existencia de abuso o negligencia infantil, maltrato a personas mayores, violencia doméstica o delitos de drogas. Además, ciertas instituciones, como Servicios de Bienestar Infantil, Servicios de Protección para Adultos, y Servicios de Apoyo Familiar pueden intervenir en la investigación según sean importantes para el caso concreto.
Ahora bien, luego de que se obtienen la mayor cantidad de indicios posibles y se termina la investigación, el investigador le presenta todo lo recabado a un fiscal adjunto que determinará en base a ésta si debe imputar cargos. Si el fiscal determina que hay suficientes pruebas, imputará este hecho punible y evaluará qué otros delitos imputar en conjunto con éste, pero si piensa que las pruebas no son suficientes, remitirá el caso al investigador para que recabe más información. El fiscal también puede determinar que hay evidencia insuficiente de actos ilegales y rechazar el caso.
¿Cuáles son las posibles defensas ante una acusación de este tipo?
Existen varias defensas que puede alegar el abogado en el juicio dependiendo de las circunstancias del caso concreto, entre las cuales podemos mencionar las siguientes:
- Inexistencia de una intención de cometer fraude. Ya que uno de los elementos del delito de fraude es la intención específica de cometer fraude, se considera que no se encuentra presente cuando el acusado pensaba que estaba realizando una solicitud ajustada a la ley para obtener beneficios y la declaración falsa u omisión fue realizada de forma accidental.
Además, se puede alegar esta defensa cuando el acusado no se percató de que debía declarar loterías ganadas, regalos, o una herencia para obtener el beneficio. Así como también puede pasar que se le olvidó actualizar su estatus al conseguir un trabajo nuevo con un salario mejor o cuando uno de sus hijos dejó de ser elegible.
- Evidencia insuficiente. Ocurre cuando el fiscal, quien es el responsable de probar la comisión del delito más allá de toda duda razonable, no logra probar todos sus elementos, no ofrece una certeza total o sus evidencias carecen de fundamento.
Si lo acusan de fraude del bienestar interno por indicios que lo incriminan, esto es insuficiente para demostrar la comisión del hecho punible, ya que debe ser probado más allá de toda duda razonable. De manera que, se necesitaran más pruebas y no simplemente indicios de malversación, en caso de no haberlas, no puede ser declarado culpable.
Se puede alegar esta defensa cuando lo acusan por tener varios archivos duplicados, la desaparición de documentos de sus archivos de casos o tener un contacto una interacción sospechosa con uno de los candidatos.
- Falsas acusaciones/ error de identidad. Esta defensa se usa para ambos tipos se fraude, aunque es más útil para defenderse ante acusaciones por fraude al bienestar interno, ya que puede ocurrir que el beneficiario diera información incorrecta en el formulario y el funcionario encargado de revisarlos no verificó que los datos proporcionados fueran correctos ya que era su amigo y confiaba en él. Esta situación no lo haría incurrir en este delito, sin embargo, se consideraría negligencia y podría provocar la pérdida de su empleo.
También ocurre un error de identidad cuando el acusado había completado el formulario con datos verídicos, pero se lo dio a otra persona para que los presentara en su nombre y ésta los modificó, declarando falsamente un hijo o colocando un ingreso mayor.
Además, ha habido casos en que alguien es falsamente acusado de este delito porque otra persona usó su nombre y número de seguro social en la solicitud sin su conocimiento o por un error del funcionario público que tramitó la solicitud.
¿Existe la posibilidad de celebrar un acuerdo de indemnización?
Ante una acusación por este delito, existe la posibilidad de que el acusado celebre un acuerdo con la fiscalía en el cual pague una indemnización por el valor cercano a la totalidad o la totalidad del beneficio que ha recibido a cambio de una reducción de los cargos o la imposición de penas menores que no impliquen la privación de su libertad.
En algunos distritos, entre los cuales podemos mencionar Fresno, San Diego y San Francisco, es posible que los acusados por este delito se sometan al programa de desvío de fraude del bienestar, según el cual tendrán la oportunidad de pagar el dinero a cambio de que los cargos sean desestimados. Para optar a esto deben cumplir con las siguientes condiciones:
- Tener pocos o ningún antecedente penal.
- El valor de los beneficios que obtuvo de manera fraudulenta es bajo, para lo cual se establecen límites.
Debemos mencionar que para poder someterse a este programa debe además declararse culpable y seguir las condiciones del programa para que los cargos sean desestimados. De lo contrario no podrá disfrutar de esta ventaja y se le impondrá una condena.
También puede ser que el fiscal no haya accedido a que se someta a un programa en vez de imponerse una pena privativa de libertad, pero el acusado paga voluntariamente el monto de los beneficios y esto convence al juez de que se reduzca su condena.
¿Cuáles sanciones conlleva una condena por este delito?
Las sanciones por la comisión de este delito dependen del hecho específico que lo haya constituido, ya que el mismo tiene varias formas de comisión.
La primera clasificación de las sanciones está relacionada con las declaraciones, de manera que, si el condenado ha presentado una declaración engañosa o falsa para obtener beneficios, se considera un delito menor que conlleva un periodo de privación de libertad de 6 meses en la cárcel y una multa que no excederá de 500 dólares.
Por otro lado, se considera que se han presentado solicitudes fraudulentas cuando se presentan varias solicitudes para la misma persona, se solicita ayuda para una persona que no existe o se usa una identidad falsa. En cualquiera de estos casos, el delito se considera un wobbler y como delito mayor conlleva un periodo de privación de libertad de 16 meses, 2 o 3 años en una cárcel del condado y una multa que no excederá de 5.000 dólares. Por su parte, como delito menor conlleva un periodo de privación de libertad de un año en una cárcel del condado y/o una multa de hasta 1.000 dólares.
Además, si ha obtenido o retenido beneficios de manera fraudulenta cuyo valor era de 950 dólares o menos, se considera un delito menor que conlleva un periodo de privación de libertad de 6 meses en la cárcel y/o una multa de 500 dólares. Pero si el monto de la ayuda excede los 950 dólares, se considera un delito mayor, el cual conlleva un periodo de 16 meses, 2 o 3 años en la cárcel del condado y/o una multa de hasta 5.000 dólares.
A su vez, se considera un delito mayor si ha usado autorizaciones en blanco ilegales para intentar participar en el programa de cupones alimenticios, lo cual conlleva una pena de 16 meses, 2 o 3 años en una cárcel del condado y/o una multa de hasta 5.000 dólares
Por otro lado, se considera un wobbler transferir, usar, vender, adquirir o poseer cupones alimenticios, beneficios transferidos de forma electrónica o autorizaciones de cupones alimenticios de manera contraria a la que establece la ley. Esto se considera un delito menor si el valor de los cupones alimenticios o autorizaciones es de 950 dólares o menos, y conlleva un periodo de 6 meses en la cárcel y/o una multa de hasta 500 dólares. Sin embargo, si el valor es superior a 950 dólares, se considera un delito mayor que conlleva una pena de 16 meses, 2 o 3 años en una cárcel del condado y/o una multa de hasta 5.000 dólares.
Si recibe una condena por cometer fraude del bienestar y éste fraude o intento de fraude involucra beneficios transferidos de forma electrónica, se le impondrán penas adicionales y consecutivas a la condena por fraude del bienestar, las cuales son de un año de cárcel si el monto de los beneficios exceden los 50.000 dólares, dos años si excede los 150.000 dólares, tres años si excede los 1.000.000 dólares o 4 años si es mayor de 2.500.000 dólares.
Debemos mencionar que una condena por este delito incluye sanciones que no están relacionadas con privación de libertad ni multas, ya que debido a que los delitos de fraude se consideran un delito de vileza moral, una condena por este delito puede implicar la aplicación de la disciplina profesional si tiene una licencia estatal y conlleva a la deportación de inmigrantes ilegales o remoción de inmigrantes que tienen un estatus legal. Además, en todo caso la condena implica la imposibilidad de recibir beneficios de programas de asistencia pública en el futuro.
¿Cuáles delitos se relacionan con éste?
- Hurto mayor. Este delito se encuentra estipulado en el Código Penal de California en su artículo 487 y se caracteriza por el valor de la propiedad o dinero que ha sido tomado sin autorización de su propietario, el cual debe exceder de los 950 dólares para que se configure el delito. Este hecho punible es considerado un wobbler, de manera que, si es condenado como delito menor, las sanciones incluyen un año en una cárcel del condado. Por otro lado, si se condena como delito mayor, puede establecerse una condena de privación de libertad de 16 meses, dos o tres años y una multa que puede alcanzar el monto de los 10.000 dólares.
De manera que, si el monto de los beneficios que ha obtenido fraudulentamente excede los 950 dólares, se le puede imputar este cargo en conjunto con el delito de fraude del bienestar.
- Falsificación. Establecido en el Artículo 470 del Código Penal, consiste en intencionalmente crear o modificar total o parcialmente un documento con la intención de cometer fraude. Se vincula con el hecho punible que hemos explicado cuando se solicitan beneficios colocando el nombre de otra persona como el solicitante, se falsifican cupones alimenticios o se usan unos que han sido modificados. Como delito mayor conlleva un periodo de privación de libertad de 16 meses, 2 o 3 años en una cárcel del condado y/o una multa de hasta 10.000 dólares.
- Artículo 118 CP. Consiste en mentir bajo juramento de forma intencional y deliberada. Se considera un delito mayor y conlleva una pena de 2, 3 o 4 años en la cárcel y/o una multa de hasta 10.000 dólares. Se puede presentar el fraude del bienestar cuando se coloca cualquier información falsa en la solicitud, como un nombre o un número de seguro social falso.
- Conspiración. Artículo 182 CP. Conlleva las mismas penas que el delito de fraude del bienestar público y consiste hacer planes con otra persona para cometer un crimen, lo cual puede llevarse a cabo al conseguir beneficios de programas de asistencia pública de manera fraudulenta, y se ve comúnmente en los casos en el acusado los consigue para su familiares o amigos.
¿Cómo encontrar un abogado de este delito cerca de mí?
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