De acuerdo con la legislación del Estado de California y lo señalado en el estatuto 211 ubicado en el Código Penal, se tipifica como un delito cualquier conducta que involucre la toma ilegal de un bien o propiedad de otro individuo en contra de su voluntad empleando la fuerza o el miedo. Este hecho punible se denomina como robo, aunque en ocasiones también se llama por su nombre en inglés “robbery”.
Debe tenerse en cuenta que en California este hecho punible se estima como un delito grave que puede generar severas consecuencias, las cuales incluyen pasar hasta nueve años en una prisión del Estado, aunque las penas se determinarán según las circunstancias del caso y como sea calificado el robo.
Si usted o algún ser querido enfrenta cargos en virtud del estatuto 211 del Código Penal, debe actuar inmediatamente y ponerse en contacto con un abogado penalista perteneciente a la firma de Vista Criminal Attorney Law Firm. Nuestro equipo de profesionales se encuentra en la ciudad de Vista, CA, y no dudaran en trabajar arduamente para brindarle la mejor asesoría y mejorar su situación legal.
¿Cómo se define el delito de robo en el Estado de California?
Según lo estimado en el estatuto 211 del Código Penal, se denomina como robo la acción de tomar un bien o propiedad perteneciente a otro individuo contra su voluntad empleando la fuerza u infligiendo temor.
Por ejemplo, Rob se encuentra en su automóvil con los vidrios abajo hablando por teléfono con su novia. Acto seguido, un individuo con un arma lo apunta y le ordena inmediatamente que le dé su móvil.
Bajo este escenario se estaría configurando un robo en virtud del estatuto 211 del Código Penal. Es importante tomar en consideración que hay otros hechos punibles que califican como un robo, tal como el hecho punible tipificado en la sección 459. Sin embargo, estos serán procesados en virtud de las circunstancias exactas del caso y de lo estimado en el Código Penal.
¿Qué elementos constitutivos debe probar la Fiscalía para que el Juez emita una condena?
Para que usted sea condenado por la comisión de este hecho punible es imprescindible que la Fiscalía pruebe más allá de toda razonable que los elementos constitutivos del delito han sido llevados a cabo. A continuación, procederemos a mencionar dichos elementos que configuran lo estimado en el estatuto 211.
- El acusado tomó un bien o propiedad ajeno
- El acusado tomó un bien o propiedad que se encontraba en posesión de otro individuo
- El acusado tomó la propiedad en presencia inmediata del propietario
- El acusado tomó la propiedad contra la voluntad del propietario
- El acusado empleó su fuerza o infligió temor con el propósito de robar la propiedad
- El acusado tenía el propósito de privar al dueño de su propiedad
Ahora que usted conoce cuáles elementos constituyen este hecho punible, con el objetivo de que usted obtenga más información acerca de su situación legal, expondremos en qué consisten.
El acusado tomó un bien o propiedad ajena
La Fiscalía se encuentra en el deber de evidenciar que usted tomó la propiedad de otra persona cuando se encontraba en su posesión y la trasladó a otro lugar privando al dueño de su uso. Es importante señalar que no se tomará en cuenta el tiempo o la distancia que usted recorrió con dicha propiedad, bastará únicamente con probar que trasladó el bien y lo arrebato de su dueño para satisfacer este elemento.
El acusado tomó un bien o propiedad que se encontraba en posesión de otro individuo
Para que este elemento sea configurado, se precisa que la víctima del robo haya tenido en su poder la propiedad o que fuese responsable de esta. Es decir, no necesariamente se requiere que la persona se encuentre sosteniendo el objeto durante la comisión de este delito. De igual manera, tampoco se requiere que el individuo en posesión de la propiedad sea el propietario o dueño de esta.
Para ilustrar, Andrew y su amigo Asher se encuentran robando una laptop perteneciente a su compañero de clases Luke. Sin embargo, cuando la hermana de Luke casualmente pasa por el aula de su hermano y se percata de la intención que estos chicos tienen de robar, trata de impedir que lo hagan y les arrebata la laptop. Sin embargo, acto seguido Andrew saca un arma de fuego y la apunta para que le devuelva el dispositivo electrónico.
En este escenario, la hermana de Luke se encuentra en el derecho de tomar la laptop de su hermano para protegerla, por lo cual tenía lo que se denomina posesión constructiva de la propiedad.
El acusado tomó la propiedad en presencia inmediata del propietario
Hablamos de “presencia inmediata” cuando el individuo se encuentra sujetando o ejerciendo algún control físico sobre la propiedad. Es decir, de no haberse configurado el robo, dicho individuo continuaría teniendo la propiedad o bien en su poder.
Por ejemplo, Drake tiene un cargo importante en una joyería. Cuando Drake llega a su casa Josh se encontraba afuera esperándolo. Acto seguido, Josh saca un arma de fuego y apunta a Drake mientras amenaza con dispararle a menos que le indique cuales dígitos abren la caja fuerte donde guardan las piezas más costosas de la Joyería. Cuando Drake le indica la combinación, Josh llama a su cómplice Emma que se encontraba en la joyería para darle los dígitos que abren la caja fuerte con el objetivo de robar las costosas joyas de esta.
Bajo este escenario, se estima que Víctor y Emma haciendo uso de la fuerza y el miedo le quitaron la combinación de la caja fuerte a Drake. Sin embargo, tomando en consideración que no tomaron la propiedad en presencia inmediata de Drake, no se estaría configurando un robo en virtud del estatuto 211, sino otro delito un hurto mayor o una violación al estatuto 240 del Código Penal.
El acusado tomó la propiedad contra la voluntad del propietario
A efectos de la ley, se estima que un individuo toma la propiedad de otro en contra de su voluntad si este no otorga su consentimiento para que se la lleve. A su vez, se precisa que el consentimiento cedido por el propietario haya sido brindado de forma libre y consciente de lo que está haciendo.
Por ejemplo, si usted amenaza a una chica para quitarle su teléfono celular y esta lo suelta para correr y escapar dejando su propiedad atrás y usted la toma, se estaría efectuando un delito en virtud de lo señalado en el estatuto 211, dado que usted le quito la propiedad a la chica sin su consentimiento y conocimiento por lo que hacía.
El acusado empleó su fuerza o infligió temor con el propósito de robar la propiedad
El robo en virtud del estatuto 211 se diferencia de otros hechos punibles dado que este requiere que se haga uso de la fuerza o del miedo. Es importante señalar, que a efectos de la ley se habla de fuerza cuando esta se emplea a través de un contacto físico. A su vez, califica como miedo cuando alguien o se encuentra atemorizado por sufrir alguna lesión, y en este caso calificara:
- La víctima,
- Un familiar o pariente de la víctima
- Un individuo que se encuentra presenciando la comisión del hecho punible
Por ejemplo, Noah se encuentra de paseo con su hermana Kate. Durante un descuido Kate es tomada por Héctor, un hombre alto y fornido que amenaza a Noah con matar a Kate si él no le entrega su teléfono móvil y su billetera.
En esta situación, aunque Noah no atentó directamente contra la vida de Kate ni le causó un daño físico, se estima que empleó su fuerza para que Héctor le entregara sus pertenencias causándole temor por la seguridad de su hermana.
De igual manera, es importante tomar en consideración que drogar a una persona para robarle sus pertenencias también se estimará como uso de la fuerza y el miedo. Es decir, si usted se encuentra en el departamento de un individuo y vierte una droga en su bebida mientras conversan para luego hurgar entre sus joyas y robarlas, se estimara que usted ha cometido el delito de robo en virtud del estatuto 211 del Código Penal de California.
El acusado tenía el propósito de privar al dueño de su propiedad
Para que usted resulte condenado por la comisión de este hecho punible se precisa que usted haya tenido el propósito de llevarlo a cabo. Es decir, la Fiscalía se encuentra en el deber de probar que al momento de efectuar el robo usted tenía el designio de privar al dueño de su propiedad bien sea de forma permanente o por un periodo de tiempo que limitara al propietario de disfrutar su bien.
¿Cómo puede ser clasificado este hecho punible?
Tomando en consideración los hechos y circunstancias exactas de su caso, el robo puede ser clasificado en primer grado o en segundo grado.
Primer grado
Se califica como un robo de primer grado cuando un individuo lleva a cabo la comisión de este hecho punible en las circunstancias mencionadas a continuación:
- Cuando quien sufre el robo se encontraba conduciendo un vehículo comercial, es decir, un taxi, bus, metro, u otro similar.
- Si el robo tuvo lugar en una estructura habitada, es decir, un remolque, una casa, o un bote.
- También denominado como ATM, calificara como un robo en primer grado si el perpetrado lleva a cabo la comisión de este hecho punible después o inmediatamente de que la víctima utilizase un cajero automático
Segundo grado
Esta calificación tiene lugar en cualquier escenario que no haya sido expuesto anteriormente.
¿Cuáles penas han de imponerse por la comisión de este hecho punible?
Si usted es condenado por la comisión de este hecho punible, sus sanciones corresponderá según el grado en que el robo haya sido clasificado. Es decir, si usted resulta culpable de cometer robo en primer grado, usted deberá enfrentar las siguientes penas:
- Someterse al régimen de libertad condicional
- Cumplir condena en la prisión del Estado durante un periodo de tres, cuatro o hasta seis años.
- Pagar multas por una suma no superior a diez mil dólares.
Sin embargo, es importante destacar que si el robo tuvo lugar dentro de una estructura habitada como las que fueron expuestas anteriormente, sus sanciones podrían incrementarse considerablemente, aumentando su condena en prisión hasta por tres, seis, o nueve años.
Sin embargo, si usted resulta condenado por la comisión del delito de robo en segundo grado, deberá enfrentar las siguientes penas:
- Someterse bajo el régimen de libertad condicional
- Cumplir condena en la prisión del Estado durante dos, tres o hasta cinco años
- Pagar multas por una suma no superior a diez mil dólares.
¿Qué ocurre si un grupo de personas son víctimas de este hecho punible?
Bajo el escenario de que más de un individuo sea víctima de este hecho punible, los cargos presentados en contra del individuo que llevó a cabo el delito de robo se incrementarán de acuerdo al número de personas afectadas. Es decir, si usted apunta a dos mujeres con un arma con el objetivo de robar sus dispositivos móviles y mientras una lo entrega la otra escapa, igualmente usted podría enfrentar dos cargos en virtud del estatuto 211.
¿Cuáles circunstancias podrían incrementar sus penas?
En adición a las penas expuestas anteriormente, hay una serie de circunstancias que podrían conllevar a que sus penas se incrementen considerablemente, y estas son:
Se empleó un arma en la comisión de un robo
De acuerdo con la legislación de California, se deberán incrementar las penas de un individuo si este uso un arma durante la comisión del delito.
A continuación, procederemos a mencionar de qué forma podrían incrementarse sus sanciones:
- Recibirá un extra de diez años en prisión por portar un arma durante la comisión del delito;
- Veinte años si el arma fue disparada intencionalmente durante la comisión del delito;
- De veinticinco años a cadena perpetua si a causa del disparo la víctima presenta una lesión corporal grave o fallece.
Se causaron lesiones corporales a la víctima
Si durante la comisión de este hecho punible la víctima sufre lesiones corporales graves, en virtud del estatuto 12022.7 del Código Penal se incrementarán las penas del perpetrador. Tome en consideración que se podrán agregar tres o hasta seis años a su condena de prisión.
¿Una condena por robo se considerará como un “strike” bajo la Ley de Tres Strikes?
En el Estado de California, el delito de robo se estima como un hecho punible grave, por esta razón se estimara como un “strike” bajo la Ley de Tres Strikes. Tome en consideración que esta ley tiene como objetivo incrementar las sanciones de un individuo que ha reincidido en la comisión de un delito grave.
Aunque por llevar a cabo un primer “strike” usted solo recibirá una advertencia, por realizar un segundo “strikes” las sanciones aumentarán considerablemente, dado que se verá obligado a cumplir el doble de la sentencia emitida por el Juez sin derecho a libertad condicional hasta que cumpla el 80% de su condena. A su vez, si usted suma un tercer “strike” deberá enfrentar una condena en prisión que puede ir de veinticinco años hasta cadena perpetua en la cárcel del Estado.
¿Qué líneas de defensa pueden ser empleadas para enfrentar cargos en virtud del estatuto 211 del Código Penal?
Tome en consideración que si usted ha sido acusado por la comisión de este hecho punible no necesariamente debe ser condenado. Por esta razón, es indispensable que usted cuente con un abogado penalista dispuesto a emplear sus mejores herramientas en virtud de su caso.
Para determinar qué estrategias de defensa son las mejores para favorecer su situación legal, su abogado penalista se encuentra en el deber de evaluar a detalle los argumentos presentados por la Fiscalía con el objetivo de contrarrestarlos.
A continuación, presentaremos una serie de argumentos que comúnmente son utilizados para enfrentar cargos por este hecho punible.
- El acusado razonablemente creyó que tenía derecho de tomar la propiedad
- El acusado fue objeto de falsas acusaciones
- El acusado fue identificado erróneamente
- El acusado llevó a cabo el delito por coacción
El acusado razonablemente creyó que tenía derecho de tomar la propiedad
Esta estrategia de defensa se emplea en aquellos casos donde el acusado de manera razonable considera que la propiedad es suya. En estos escenarios, aunque usted haya empleado su fuerza para evitar que alguien más tomara lo que le pertenece, no hay razones para que enfrente cargos por un delito de robo, sin embargo, puede resultar acusado por otros delitos.
Por ejemplo, Ava recientemente compró un teléfono móvil. Cuando esperaba a su novio Ben fuera de su trabajo, un hombre intentó arrebatarle su teléfono mientras lo tenía en sus manos. Sin embargo, Ava actuó de forma rápida y lo evadió. Sin embargo, cuando el hombre intentó nuevamente quitarle su teléfono amenazandola, Ava lo empujó fuertemente y pateó su zona íntima para huir y evitar ser robada.
Bajo este escenario, no habría lugar para que se presenten cargos contra Ava por el delito tipificado en el estatuto 211. Sin embargo, puede ser acusada por un hecho punible de agresión.
El acusado fue objeto de falsas acusaciones
En estos casos suele suceder que impulsado por sentimientos de venganza, ira, o celos, un individuo señala a otro como el responsable de cometer este hecho punible cuando esto no es cierto. Igualmente, el individuo que en efecto fue el responsable de cometer el robo, podrá alegar que otro lo hizo con la finalidad de incriminarlo.
En estas situaciones, su abogado penalista deberá evaluar las contradicciones de la presunta víctima y dejar en evidencia ante el Juez que el caso fue construido con base en mentiras.
El acusado fue identificado erróneamente
Puede ocurrir que usted sea confundido por la víctima con el verdadero culpable. En muchos casos, la víctima suele enfocarse en características generales como la altura, contextura, y vestimenta. A su vez, si el robo fue cometido en un lugar oscuro y la víctima sufre de problemas de visión también podría dificultar que con precisión haya observado el rostro del perpetrador.
Bajo este escenario, su abogado penalista podrá alegar que usted ha sido identificado de forma errónea por la víctima, y que esta lo ha confundido con el verdadero responsable del robo, por lo cual no habría lugar para que se emita una condena en su contra.
El acusado llevó a cabo el delito por coacción
Tome en consideración que si usted ha sido amenazado de padecer lesiones corporales graves e incluso de muerte si no lleva a cabo la comisión de este hecho punible, será viable emplear esta estrategia de defensa legal. Sin embargo, su abogado penalista deberá presentar pruebas irrefutables de que en efecto usted fue víctima de coacción.
Necesito contactar con el mejor abogado penalista cerca de mí
Una condena por este hecho punible puede ocasionar severas consecuencias en su vida y su futuro, ya que esta quedaría expuesta en su historial de antecedentes penales. Tome en consideración que una sentencia podría limitar considerablemente sus oportunidades para acceder a una universidad o solicitar una beca, arrendar un apartamento, conseguir un buen trabajo, e incluso ejercer determinadas profesiones. Por esta razón, es imprescindible que usted no pierda tiempo con un abogado penalista que tenga experiencia y trabaje arduamente para lograr mejorar su situación legal.
Si usted o algún familiar ha sido acusado por violar lo señalado bajo el estatuto 211 del Código Penal y se encuentra en Vista, CA, no dude en contactar de forma inmediata con nuestro equipo de profesionales pertenecientes a la firma Vista Criminal Attorney Law , quienes cuentan con amplia experiencia en estos casos y se encargaran de brindarle la mejor asesoría legal y defender su buen nombre ante cualquier cargo que haya sido presentado en su contra.
Frente a cualquier inquietud o duda lo invitamos a comunicarse con nosotros llamando al número 760-691-1551 y con gusto responderemos a todas sus dudas a través de una consulta completamente gratuita. No pierda más tiempo ¡Llame ya!