Tener una relación sentimental con otra persona puede ser una experiencia maravillosa, pero también puede tornarse en una situación que afecta a ambas partes. Las discusiones o problemas entre una pareja son muy comunes y en este tipo de situaciones, suelen desbordarse las emociones y culminar en escenarios de exaltación que involucran agresiones.
Las agresiones entre personas que sostienen –o sostuvieron- una relación considerada como íntima o de pareja, son contempladas como delito por la legislación de California. Es por esto que, si usted se ha visto involucrado en una situación de este tipo, debe contactar lo antes posible a un abogado con experiencia en casos de violencia doméstica, para evitar las consecuencias perjudiciales que acarrea una condena por este delito.
La firma de abogados Vista Criminal Attorney Law Firm, está conformada por profesionales expertos en defensa criminal, con amplia experiencia en el manejo de casos de agresión doméstica, quienes están dispuestos a brindarle atención y asesoramiento oportuno.
¿En qué consiste este delito?
Este delito, se considera como uno de los tipos más comunes de violencia doméstica y se encuentra establecido en la sección 243 (e)(1) del Código Penal de California.
El hecho ilícito, consiste en agredir a una persona con la cual se sostiene –o sostuvo- una relación considerada como íntima o de pareja. En este sentido, se considera agresión, toda conducta deliberada que tenga carácter violento, ofensivo, dañino o implique el uso de la fuerza.
En cuanto a las personas que pueden ser víctimas de este delito, si bien el mismo se enmarca en la categoría de violencia doméstica, el concepto de pareja es tomado por la ley de forma amplia, incluyendo así a otras personas además del cónyuge.
Es importante destacar que, para la configuración de este delito, no es necesario que la conducta de la persona acusada haya causado lesiones a la víctima, ya que el elemento esencial a ser considerado, es que la conducta haya sido dañina u ofensiva.
Por ejemplo, si usted se encuentra discutiendo con su ex pareja y en un momento de enfado mientras discuten un asunto sobre los hijos en común, empuja a su ex pareja, sin causarle lesión alguna, usted podría verse involucrado en un juicio por este delito.
¿Cuáles son los elementos que deben probarse en un juicio por este delito?
Para que una persona acusada por este delito, resulte condenada, la Fiscalía debe comprobar que en el caso concreto se dieron una serie de elementos considerados como fundamentales para la configuración del hecho ilícito.
Los elementos que deben ser comprobados durante un juicio por ese delito son: que hubo un contacto físico en virtud de una conducta voluntaria de la persona acusada contra la víctima, que el referido contacto fue realizado de manera ofensiva o dañina, que la víctima mantiene o mantuvo una relación íntima con la persona acusada y que no existe una causa que exima de responsabilidad a la persona acusada.
De este modo, un ejemplo de este delito se presenta si un hombre y una mujer están casados y tienen una discusión porque la mujer toma el teléfono del hombre sin su autorización y el hombre al enfadarse por esta situación, toma bruscamente a la mujer de las manos.
¿Qué implica un contacto físico dañino u ofensivo?
Vistos los elementos que configuran este delito, se desprende que uno de ellos es que la persona acusada haya tenido un contacto físico ofensivo o dañino contra la víctima, siempre y cuando el referido contacto haya sido voluntario.
Así entonces, un contacto físico ofensivo y dañino, para ser considerado como elemento de configuración de este delito, debe ser en esencia voluntario o intencional. Respecto a esto, la voluntariedad de la acción se refiere a que la conducta haya sido realizada a propósito, independientemente de su finalidad.
¿La acción contra la víctima debe causar lesiones?
No, este delito no contempla como elemento para la configuración el que se causen lesiones a la víctima. El contacto ofensivo o dañino, es considerado en virtud de la conducta en sí misma e independientemente de la finalidad de la actuación de la persona acusada.
Es decir, si la persona acusada no tuvo como fin causar lesiones, pero efectivamente desplegó una conducta voluntaria considerada como ofensiva o dañina, se verifica el primer elemento necesario para la configuración del delito.
Igualmente, en cuanto al carácter ofensivo o dañino de la conducta realizada por la persona acusada, este se desprende la acción en sí misma. De modo que, no es necesario que el contacto físico realizado contra la presunta víctima haya sido lesivo, siempre que de las circunstancias del hecho se desprenda que la conducta implicó un ánimo de ofensa o daño.
¿El contacto físico debe ser realizado de manera directa?
No, el contacto físico considerado como elemento esencial para la configuración del delito, debe ser entendido tanto en su forma directa como indirecta. Un contacto físico realizado de manera indirecta implica utilizar un mecanismo u objeto para el mismo.
Un ejemplo de contacto físico indirecto, ocurre si una mujer durante una discusión con su pareja, tiene en sus manos una bandeja y la arroja contra su pareja, la mujer podría ser acusada por este delito.
De igual manera debe señalarse que, para la configuración del delito, no se requiere una determinada gravedad de la acción ofensiva o dañina. A manera de ejemplo, si Victoria y Benito son novios y mientras están en un club con algunos amigos, Victoria se molesta porque Benito bailó con otra chica y lo confronta arrojándole un vaso con una bebida, Victoria podría ser acusada por este delito.
¿Quiénes pueden considerarse como víctimas de este delito?
La ley refiere a que puede ser considerada como víctima de este delito cualquier persona que tenga o haya tenido una relación íntima o de pareja con la persona acusada, esto se refiere a que puede tratarse de una pareja actual o pasada.
En todo caso, se incluyen dentro de la categoría de parejas: el cónyuge o ex cónyuge, la pareja o ex pareja sentimental, el prometido o prometida de la persona acusada, el padre o la madre de los hijos, la persona con la cual mantiene relaciones íntimas de manera ocasional o la persona con la que cohabita.
¿Qué implica desde el punto de vista legal la cohabitación para este delito?
En relación a la cohabitación, tomada como uno de los supuestos en los cuales puede ocurrir este delito, es importante resaltar que se refiere a que dos o más personas relacionadas sentimentalmente, comparten espacio en una vivienda o residencia y en consecuencia se trata de una relación con cierta continuidad o permanencia.
En este aspecto, es importante destacar que una persona puede cohabitar con otra y mantener relaciones sentimentales paralelas, siendo que el delito puede ser cometido contra cualquiera de los individuos con quienes se relaciona de manera íntima.
Por ejemplo, si Pedro está casado con Dora, pero además sostiene una relación de pareja con Liliana y mientras pasa una noche con Liliana, discuten y le da una bofetada, Pedro incurre en el delito de agresión doméstica, aunque Liliana no es su cónyuge.
¿Este delito sólo puede ocurrir entre personas heterosexuales?
No, al establecer los supuestos requeridos para la configuración de este delito, la ley no realiza distinción alguna basada en el sexo de las personas que sostienen una relación íntima o de pareja. De manera que puede tratarse de una pareja heterosexual o del mismo sexo, resultando asimismo irrelevante la orientación sexual de las personas involucradas.
Así entonces, si Ana y Selena conviven juntas como pareja y durante una discusión, Ana trata de sostener la mano de Selena, pero Selena está muy enfadada y responde empujando a Ana de manera brusca; Selena incurre entonces en este delito, aunque el contacto físico no haya causado lesiones ni daño alguno y no tiene relevancia que se trata de una pareja homosexual.
¿Cuáles son las penas establecidas para este delito?
De acuerdo con las disposiciones legales aplicables, este delito se considera como menor y, en consecuencia, las sanciones por el mismo abarcan desde prisión por el lapso de hasta 1 año, así como la imposición de multa de hasta $2.000. La multa puede ser impuesta aunada a la sanción de prisión o de manera alternativa a esta pena.
Además, según las circunstancias del caso concreto, el Juez puede tomar la decisión de otorgar libertad condicional informal al acusado como un beneficio procesal por un lapso de hasta 3 años.
En caso de ser otorgada la libertad condicional informal al acusado, la pena de prisión se sustituye por el cumplimiento de un programa para agresores o uno de orientación. Es relevante señalar que el cumplimiento de las condiciones impuestas debe ser estricto, para evitar perder el beneficio otorgado.
¿Toda persona acusada por este delito puede optar por la libertad condicional?
Al tratarse de un delito menor, la libertad condicional es una alternativa viable para evitar la condena a prisión si las circunstancias del caso no permiten la desestimación total de los cargos, lo cual será determinado por el abogado defensor luego de evaluar detalladamente los hechos que motivan la acusación.
Sin embargo, para que la persona acusada pueda optar por la posibilidad de ser condenada a libertad condicional informal, es necesario que pueda considerarse dentro de la categoría de sujetos aptos para tal fin.
En este sentido, una persona puede ser considerada apta para optar por la libertad condicional, siempre que se trate de un sujeto que no representa un riesgo para la sociedad y esto suele determinarse a través de los antecedentes penales.
De modo que, si se trata del primer delito cometido por la persona acusada, lo más probable es que pueda optar sin problemas por la libertad condicional. Incluso, si se trata de una persona que ha sido condenada con anterioridad, puede optar por beneficios procesales, siempre y cuando cuente con una sólida estrategia de defensa.
Es importante señalar que la libertad condicional puede ser otorgada por el Juez luego de analizar todos los argumentos sometidos a su consideración durante el juicio o como resultado de un arreglo entre la defensa del acusado y la Fiscalía. Siendo que, en ambos casos es esencial contar con la asistencia de un abogado defensor experto en violencia doméstica.
Del mismo modo, la libertad condicional puede implicar pasar algún tiempo en prisión, lo cual queda a discreción del Juez, pero el lapso siempre es menor al máximo establecido por la ley.
¿Cuáles son las consecuencias adicionales que podría tener una condena por este delito?
Además de las penas señaladas anteriormente, este delito puede tener otras consecuencias adicionales que resultan perjudiciales para la persona acusada. Entre dichas consecuencias, se encuentra que se decrete una orden de restricción en relación a la víctima y en virtud de ello, la persona acusada se vea obligada a mantener una determinada distancia.
Si usted es condenado por este delito y recibe una orden de restricción, estará imposibilitado de acercarse a los lugares en los cuales se encuentre la víctima, lo cual podría implicar que usted deba cambiar su domicilio, no pueda cumplir con determinados compromisos o incluso se deba evitar ciertos eventos o lugares a los que solía asistir.
Aunado a lo anterior, ser condenado por este delito puede tener como resultado la pérdida de oportunidades profesionales al tener un registro penal por un delito que implica una conducta agresiva o violenta. Igualmente, una condena por este delito, podría afectar los derechos a portar armas, ya que la ley establece la prohibición de tenencia y posesión de armas durante 10 años para aquellas personas que resulten condenadas por incurrir en el hecho ilícito previsto en el artículo 243 (e)(1).
¿Cómo defenderse en un juicio por este delito?
Para defenderse durante un juicio por este delito, es necesario contar con la asistencia de un profesional con experiencia y formación académica en defensa criminal que tenga la capacidad de evaluar el caso para determinar los elementos que puedan ser empleados como fundamento de los argumentos a esgrimir durante un juicio por este delito.
En este sentido, las defensas ante una acusación por este delito son particulares según cada caso concreto. Sin embargo, existen argumentos que suelen emplearse como alegatos de defensa para estos delitos, tales como: que las evidencias son insuficientes, que las acusaciones son falsas, que la conducta del acusado no fue intencional, que la persona acusada actuó en legítima defensa.
¿En qué consiste la defensa por evidencias insuficientes?
La defensa por evidencias insuficientes consiste en alegar y comprobar que los elementos aportados por la Fiscalía para sustentar su acusación no son suficientes para demostrar la configuración de todos los elementos del delito.
Respecto a este argumento de defensa, vale destacar que deben analizarse las circunstancias de cada caso concreto, para determinar cuáles son los argumentos de la Fiscalía que puedan ser considerados como insuficientes.
¿Cómo demostrar que se trata de una acusación falsa?
Suele ocurrir que la acusación por este delito resulta falsa, debido a que la presunta víctima utiliza tal medio como forma de materializar una venganza sentimental destinada a producir daños en la reputación de la persona acusada.
Incluso, es frecuente que una acusación por este delito sea empleada como mecanismo legal contra la persona acusada durante un proceso legal en el cual se discuta la custodia sobre los hijos.
Para demostrar tales circunstancias, es necesario que un abogado experto en defensa criminal evalúe el caso para determinar los medios pertinentes para demostrar la verdad de los hechos. Según el caso, pueden emplearse como elementos a los fines de demostrar este alegato, los testigos, pruebas documentales o incluso declaraciones de la presunta víctima.
¿Qué implica que la conducta del acusado no fue intencional?
Este argumento de defensa se dirige a demostrar la inexistencia de uno de los elementos esenciales para la configuración del delito, referido a la intencionalidad de la conducta del acusado.
Así entonces, si la Fiscalía no cuenta con los elementos suficientes para demostrar la intencionalidad o de las circunstancias del caso se desprende claramente la ausencia de este requisito, el abogado defensor puede basar su estrategia en este alegato.
Por ejemplo, si durante una reunión familiar, el hombre se encuentra utilizando una barbacoa y la mujer se acerca demasiado y accidentalmente, el hombre la tropieza con un recipiente caliente, esto no se considera como una acción intencional y en virtud de ello no se configura el elemento necesario para este delito.
¿Qué implica actuar en legítima defensa?
La legítima defensa es una de las causales que eximen la responsabilidad del acusado y en virtud de esto, puede ser empleada como un argumento de defensa durante un juicio por este delito.
Actuar en legítima defensa, implica que la actuación del acusado fue dirigida a salvar su integridad, su vida o la de otra persona ante una situación de peligro inminente. Aunado a ello, para que este alegato de defensa resulte válido, es fundamental demostrar que la conducta del acusado fue proporcional al peligro ante el cual se encontraba expuesto.
Por ejemplo, si una mujer al discutir con su cónyuge, amenaza con agredir a los hijos en común mientras sostiene un objeto cortante y el hombre, como defensa ante tal agresión, logra empujarla lejos de los niños, esta conducta se consideraría como legítima defensa.
¿Qué sucede si la presunta víctima desea retirar la denuncia?
Este supuesto es frecuente en los casos por violencia doméstica. Sin embargo, la Fiscalía suele tomarlo como una decisión motivada por violencia o coacción por parte de la persona acusada hacia la presunta víctima y en atención a tal consideración, suele decidirse la continuación del proceso.
Así entonces, aunque la presunta víctima desee retirar la denuncia, esto probablemente no evite el juicio e igualmente, la persona acusada puede resultar condenada, salvo que la Fiscalía compruebe que la acusación no tiene sustento.
¿Qué otros hechos ilícitos se relacionan con este delito?
Los delitos de violencia doméstica suelen compartir elementos en común y en virtud de esto se encuentran relacionados. El delito de agresión doméstica suele confundirse incluso con la lesión corporal a un cónyuge, sin embargo, este último delito implica como elemento fundamental para su configuración la existencia de una lesión a la integridad física de la víctima.
Por otra parte, otros delitos relacionados son las amenazas criminales y el abuso infantil previstos en los artículos 422 y 273 (d) del Código Penal, respectivamente.
En el caso de las amenazas criminales, se trata de proferir amenazas de muerte o daño físico a otra persona, sin que esto implique se concreten las mismas. Por su parte, el abuso infantil suele involucrarse en los casos de agresión doméstica como justificación de la conducta del acusado.
Es importante referir que, en caso de no concurrir todos los elementos requeridos para la configuración del delito de agresión doméstica, la persona acusada podría verse involucrada en el delito de asalto si la Fiscalía no logra demostrar que la presunta víctima sostiene o sostuvo una relación íntima o de pareja con el acusado, pero sí se demuestra una conducta violencia, ofensiva o dañina.
¿Cómo contratar a un abogado cerca de mí que pueda ejercer la defensa en un juicio por este delito?
Si usted se encuentra en una situación que pueda considerarse como un caso de agresión doméstica o ha sido acusado por este delito, es importante que actúe con la prudencia y prontitud que requiere el caso.
En caso de ser arrestado, procure guardar silencio y de no ser así, evite mantener cualquier tipo de contacto con la presunta víctima, pero lo más importante es que debe contratar un abogado especialista en el área de defensa criminal que pueda brindarle asistencia durante el juicio.
Aunque se trata de un delito menor, las consecuencias de una condena en virtud del mismo pueden marcar su vida para siempre, limitar sus actividades profesionales y personales e incluso privarle de derechos tan importantes como la custodia de sus hijos.
Para evitar tan perjudiciales consecuencias, los abogados de Vista Criminal Attorney Law Firm, ponen a su disposición el número telefónico 760-691-1551 para que usted pueda agendar una primera cita y lograr una solución favorable a esta situación.