En California la delincuencia juvenil se acrecienta a pasos acelerados, existen casos de jóvenes desposeídos en cuanto al confort familiar que cualquier otro podría tener, trayendo esto como consecuencia la formación de jóvenes sin valores sociales ni educación, situación que los convierte en personas vulnerables, los cuales son fácilmente de involucrar en actos ilegales y fuera de orden social.
Los hechos ilícitos ejecutados por adolescentes al igual que otros delitos cometidos por adultos, también son penalizados por las autoridades competentes en California. Sin embargo, en el caso de la delincuencia juvenil existe una opción que permite enviar a los jóvenes que hayan cometido actos ilegales a una División de Justicia Juvenil (DJJ), que aunque representa un método de penalización riguroso, también es una forma de ayuda y de reinserción social para los adolescentes condenados.
En el caso de que usted esté siendo señalado de cometer un delito y sea enviado a la DJJ, debe contar con la ayuda de un abogado especialista en delitos ejecutados por adolescentes, que lo asesore durante todo el proceso de condena, o que en el mejor de los casos demuestre su inocencia y sea revocado de todos los cargos penales de los que está siendo acusado, para tales efectos, debe solicitar lo servicios legales del equipo de Vista Criminal Attorney Law Firm, en donde encontrará la mejor de las asesorías. No dude en contactarnos.
¿Cómo se define la División de Justicia Juvenil?
Estas instalaciones anteriormente se conocían como CYA, y son espacios en donde el propósito inicial es educar, capacitar, y rehabilitar a jóvenes que se han desviado en el mundo delincuencial y deben ser sancionados por la comisión de delitos en el Estado de California. En la DJJ los jóvenes que hacen vida como medida sancionatoria, reciben ayuda intensiva para evitar la reincidencia en actuaciones ilegales que ponen en riesgo su libertad.
Para conseguir los objetivos que se plantean en esta División, existen determinados programas destinados a los jóvenes condenados de acuerdo a la edad, las necesidades de índole educativo, la ayuda psicológica, y todos los aspectos que sirvan para colaborar en el tratamiento de rehabilitación que amerita cada uno de los menores en cuestión. Cabe destacar que la DJJ trabaja en conjunto con otras entidades de orden público, así como también con fiscales, abogados, y todas las oficinas y figuras públicas encargadas de resolver problemas y situaciones en donde se encuentran menores de edad involucrados.
En síntesis, esta medida sancionatoria representa más un beneficio que una sanción para los jóvenes delincuentes, ya que los servicios que se ofrecen en la División de Justicia Juvenil, están centrados en reeducar a toda la juventud que de una u otra forma se han iniciado en la vida delincuencial y están a tiempo de rehabilitarse y contar con una calidad de vida digna de cualquier individuo normal. Por esta razón, la reinserción social es una de las bases de este programa de rehabilitación así como la capacitación y educación, en donde castigar a los jóvenes condenados con una pena en prisión entre otras sanciones, no son opciones pertinentes.
¿Quiénes son las personas que pueden optar a la División de Justicia Juvenil?
La edad establecida para poder ser parte de este programa de rehabilitación juvenil oscila desde los 12 años a los 25, y solo existen tres maneras de poder ser una persona beneficiada con esta medida sancionatoria, y son las que se enumeran seguidamente:
- Que el Tribunal así lo haya determinado
- Que el menor haya sido juzgado como una persona adulta, y las autoridades judiciales hayan tomado dicha decisión
- Que el menor haya sido juzgado como un adulto y posteriormente se haya ordenado el traslado hacia la DJJ
Es importante aclarar que un adolescente juzgado como si fuese una persona adulta, debe ser reubicado en una cárcel para adultos una vez cumplido 18 años de edad, a excepción de que pueda cumplir la condena completa antes de llegar a 25 años de edad, aunque podría darse el caso de que cumpla más de esa edad y aun continúe dentro de la DJJ, ya que el programa de rehabilitación ha sido de gran beneficio para el condenado y por esta razón queda a discreción del Juez dicha decisión.
Por otro lado, si el Juez encargado del caso está considerando la idea de que un menor debe ser parte del programa que se lleva a cabo en la DJJ, tiene la potestad de dictaminar que este sea sometido a un estudio de diagnóstico, siendo que este puede durar unos 90 días aproximadamente, y la finalidad está dirigida a determinar cuáles serían las opciones pertinentes para la rehabilitación del adolescente como tal. En el caso de que la condena del menor sea por un tiempo determinado de 90 días o un tiempo menos, no se puede enviar a cumplir con el programa emitido en la DJJ, así como tampoco si el joven fue responsable de un hecho ilícito mayor violento, ya que podría ser condenado con cadena perpetua si así es previsto por el Juez.
¿Cuánto tiempo es necesario permanecer en la DJJ?
Un paso preliminar que debe llevarse a cabo antes del traslado del condenado al espacio en donde funciona la DJJ, es que el Tribunal debe determinar el tiempo de reclusión máximo impuesto en una audiencia determinada, es importante aclarar que dicho tiempo no puede ser mayor al que puede recibir como condena un adulto por cometer un delito. En dicha audiencia se toman detalles en consideración como la forma como se cometió el hecho ilícito, los antecedentes penales que tiene el menor, con el fin de tomar decisiones con respecto a la sentencia del adolescente quien queda en el Tribunal bajo tutela.
También existen ciertos criterios que el Juez debe verificar para definir el tiempo que debe permanecer recluido en la División de Justicia Juvenil el condenado, estos son los siguientes:
- Cuando el adolescente es condenado por un hecho ilícito que no está incluido en el artículo 707(b), del Código de Instituciones y Bienestar, debe permanecer en la DJJ al cumplir un tiempo determinado de 2 años, o si cumple 21 de edad.
- Ahora, si el adolescente es condenado por un hecho ilícito que sí está enumerado en el artículo 707 (b), del Código de instituciones y Bienestar debe permanecer en el recinto hasta 2 años o cuando cumpla en edad 23 años.
Sin embargo, existe una excepción sobre las reglas ya mencionadas, y es cuando el adolescente haya ejecutado un acto ilegal que se penalice con siete años, o un poco más de tiempo del que una persona adulta puede pagar por un delito de la misma naturaleza. En este orden, el menor debe ser dejado en libertad luego de 2 años o cuando cumpla 25 años de edad.
En conclusión, aun cuando se tomen en cuenta todas estas condiciones antes descritas para que el Juez pueda emitir el tiempo determinado que el menor debe permanecer en la División de Justicia Juvenil, nunca la sentencia puede ser mayor al tiempo que puede pagar un individuo mayor de edad como sanción por la comisión de un delito de la misma naturaleza, ya que esta sanción de formar parte de la DJJ es la forma más rigurosa que se le puede imponer a un adolescente como penalización y no se iguala a las penalizaciones para un adulto, por eso se reitera que pertenecer a esta División, más que un castigo es una ayuda para el condenado.
¿Se puede apelar la sentencia del tribunal?
Un menor sentenciado así como una persona adulta, tiene el derecho de apelar el dictamen emitido en el Tribunal, esta es una opción que se utiliza para pedir que sea revocada cualquier decisión que el Tribunal haya considerado oportuna con respecto al menor procesado. El recurso de apelación está basado en expresar el descontento en cuanto al resultado emitido en la Corte Penal, así como también cuando se descubren algunos errores de carácter legal, o cuando se desconoce cualquier derecho del menor durante el proceso de judicialización.
En este sentido, entre los argumentos presentados por la defensa en la audiencia del menor procesado, en cuanto al recurso de apelación emitido, podrían estar la exclusión o inclusión de pruebas indebidas, al igual que la violación referente a los derechos que tiene el adolescente durante el procedimiento de judicialización.
También puede suceder que el menor solicite mediante su abogado defensor, que la decisión emitida por el tribunal desestime o cambie la sentencia, ya que han aparecido nuevas evidencias, o simplemente porque la situación ha cambiado con respecto al comienzo del proceso judicial.
Por otro lado, puede darse el escenario de que los requerimientos del menor no sean cubiertos a través de los programas que se ofrecen en la División de Justicia Juvenil, por lo que la parte defensora podría introducir una petición para solicitar cambios en el compromiso adquirido por parte del menor con el fin de que el Juez pueda hacer modificaciones a las órdenes que se efectuaron previamente, es decir las condiciones sobre la tutela pueden cambiar si o existe beneficio alguno al enviar a un menor condenado a la DJJ.
¿Qué sucede cuando el menor termina el programa en la División de Justicia Juvenil?
Una vez finalizado el programa de rehabilitación, el menor queda bajo un régimen de libertad condicional, en donde la Junta de Audiencias Juveniles (BJH) es la entidad encargada de realizar todos los trámites referentes al proceso como tal, en donde destaca la supervisión de los adolescentes, realizar las revisiones primarias de cada caso, efectuar las respectivas audiencias en donde son entregados los menores cuando han finalizado el programa de rehabilitación, así como también en donde se otorga el régimen de libertad condicional.
Esta entidad tiene personas capacitadas para realizar una evaluación particular de cada caso en un tiempo comprendido entre los siguientes 45 días al compromiso adquirido ante la DJJ, los cuales deben ser evaluados como mínimo una vez cada año, con el fin de verificar si deben ser modificadas o no las órdenes de dicho compromiso.
Aunado a esto, dicha Junta debe fijar la fecha indicada para tramitar lo necesario referente al beneficio de libertad condicional, para que pueda quedar establecida en un periodo de 1 año cuando se trate de actos ilegales no tan severos, a diferencia de cuando son hechos ilícitos de gran escala como uno asesinato, en donde el tiempo determinado puede ser de 7 años aproximadamente.
Como punto final, se debe dejar claro que la Junta de Audiencias Juveniles tiene la potestad de dejar en libertad a un adolescente cuando lo determine necesario, y crea que ha cumplido con éxito el programa de rehabilitación y reinserción social. En cuanto a los adolescentes que son liberados bajo el régimen de libertad condicional, quedan bajo supervisión del Tribunal competente y de las personas encargadas de la sección departamental referente a la libertad condicional.
¿Por cuáles delitos un menor podría ser asignado a la División de Justicia Juvenil?
Un adolescente tiene la opción de pertenecer al programa de rehabilitación ofrecido en la DJJ, cuando los hechos ilícitos de los que está siendo señalado son de gran magnitud como la tortura, secuestro, violación, asesinato entre otros, los cuales se encuentran enumerados en el artículo 707(b) del ya mencionado Código de Instituciones y Bienestar, y cuando el menor se encuentra en custodia de un Tribunal competente.
Para enviar a un menor a la DJJ, también pueden tomarse en cuenta la comisión de hechos ilícitos de carácter sexual como copulación oral forzada, pornografía infantil, exposición indecente, sodomía, entre otros, los cuales aparecen reflejados en el artículo 290.008 perteneciente Código Penal del Estado de California
¿Cómo se desarrolla el proceso de rehabilitación en la DJJ?
Una vez que el Juez determina como medida sancionatoria, que el menor acusado debe formar parte del programa destinado a rehabilitar jóvenes con comportamientos delincuenciales, se le designará cuál será la locación a la que debe asistir para comenzar con su tratamiento reivindicativo, en donde se toman en cuenta las edades, necesidades educativas, entre otros elementos importantes para realizar la asignación. En el Estado de California existen instalaciones las cuales pertenecen a la DJJ, ubicadas una de ellas en Camarillo, y otras dos en Stockton, así como también en Pine Grove donde se encuentra otra sede en forma de campamento.
El proceso de rehabilitación está ligado a cambios significativos a los que debe estar dispuesto el menor, y en donde se necesita que los resultados se den de manera positiva, ya que es el fin de dicho proceso de reinserción social. Entre las obligaciones que tiene el adolescente en cuestión, se encuentran cumplir a tiempo completo con un cronograma de clases, que puede llevarlo a un nivel universitario, así como también a una capacitación vocacional, si llegase a terminar las clases de secundaria cumpliendo el tratamiento de rehabilitación.
Aunado a esto, generalmente el menor tiene asignaciones de trabajo remunerado como parte de la vida que hace en las instalaciones de la DJJ, puede que sea el encargado de preparar el menú diario en la cocina, así como también que realice trabajo de higiene y limpieza, o le toque realizar labores de jardinería, entre otras actividades que lo mantienen ocupado. Estas asignaciones están acompañadas de supervisión, con el fin de registrar el comportamiento del menor, y el progreso dentro de su estancia en el programa de rehabilitación.
Como complemento, es posible que en conjunto con las asignaciones ya mencionadas, el menor cuente con actividades específicas y de forma individual, las cuales están dirigidas a mejorar aspectos como salud mental, la conducta, así como tratamientos abocado a la conducta sexual, entre otros aspectos importantes que le permitan mejorar el estilo de vida dentro de la instalaciones y una vez que sea dado de alta, ya que de esta forma se observarían avances significativos y positivos dentro del programa como tal.
En cuanto al tema de las visitas, cabe destacar que si están permitidas, y tienen un horario previamente establecido, tienen normas y reglas con respecto a la vestimenta que deben utilizar los visitantes, la cantidad de personas permitidas, y los objetos o artículos que pueden ser ingresados al recinto.
¿Cuáles otras opciones de condena pueden ser emitidas por el Tribunal?
Cuando un joven es acusado de cometer un hecho punible, existen opciones para que el responsable sea penalizado por su actuación criminal, una de las medidas de castigo menos severa es cumplir con el programa de rehabilitación que se lleva a cabo en la División de Justicia Juvenil, ya que representa más una ayuda humanitaria que un castigo en sí, a su vez existen otras sentencias a las que puede ser sometido un menor cuando se consigue culpable de un delito en específico. Entre ellas se mencionan y explican las siguientes:
- Fallo Diferido: Esta es una alternativa de penalización en donde es necesario que el menor admita su culpabilidad en cuanto al delito del que está siendo señalado. Seguidamente, está en el deber de ser parte de un programa el cual puede tener una duración de 1 a 3 años aproximadamente, con el fin de que los cargos de los que se le acusa sean desestimados.
- Libertad Condicional Formal: Esta opción se le otorga al menor, cuando el dictamen en el Tribunal competente es que el adolescente deba quedar bajo tutela del mismo. Esta es una penalización que puede llevarse a cabo desde su vivienda, pero existen casos en los que el Juez puede que envíe al joven a casa de un familiar, o sitios que no pertenezcan al núcleo de la familia. En cambio, cuando se trata de casos más serios, puede que la autoridad ordene que el menor permanezca en un campamento el tiempo que sea necesario, el cual puede oscilar entre 3 meses y un 1 año. Cuando se concede libertad condicional formal se deben cumplir de manera obligatoria todas las restricciones que allí se imponen.
- Libertad Condicional Informal: Esta alternativa de sentencia se otorga cuando el delito cometido es menos severo, sin embargo, según los artículos 725 y el 654 pertenecientes al Código de Instituciones y Bienestar, se pueden imponer restricciones específicas si fuesen necesario, dejando claro que son menos rigurosas que las que se imponen cuando se otorga libertad condicional formal.
Tenga en cuenta que cualquier decisión emitida por el Tribunal, está basada también es aspectos como el historial escolar del adolescente, antecedentes penales, las declaraciones de la persona afectada, el historial familiar, y los detalles emitidos por el oficial encargado de supervisar la libertad condicional, y cualquier otro aspecto que sirva de referencia con respecto al acusado.
¿Cómo puedo conseguir un abogado defensor de menores cerca de mí?
Cuando los delitos son ejecutados por adolescentes o menores de edad, el caso se torna con mayor complejidad, ya que existen derechos que deben ser respetados por encima de cualquier situación, y por esta razón es importante abordar el caso de forma objetiva y razonable. Si usted siendo adolescente se encuentra involucrado en una situación legal en donde su libertad se ve comprometida, no dude en buscar orientación legal lo más rápido posible, pero si se trata de su hijo no deje para después la ayuda legal que puede brindarle un profesional en leyes, ya que estos son casos que ameritan con prontitud asesoría formal.
Si usted se encuentra en Vista y está siendo señalado de la comisión de cualquier delito, o su hijo está involucrado en actos ilícitos y no sabe cómo iniciar su defensa, no dude en buscar asesoría legal la cual puede conseguirla en el bufete Vista Criminal Attorney Law Firm, en donde se encuentran un selecto grupo de abogados especialistas en la defensa de menores de edad, y en donde podrá conseguir toda la ayuda necesaria para resolver con éxito su situación.
No dude en contactarnos, aquí le aclararemos todas las dudas que tiene con respecto a su situación legal o la de su hijo si fuese el caso. Puede realizar un primer contacto a través de la siguiente línea telefónica 760-691-1551, o mediante nuestra página web y será atendido a la brevedad posible. ¡Llame ya!